Entidad emisora, tipo de acto y fecha de expedición
La norma fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) como Circular No. 354 de 2026, con fecha del 23 de septiembre de 2026.
Objeto de la norma
La Circular regula la ampliación del plazo para la remisión de información solicitada a ciertos actores del sector gasífero, en el marco del estudio para la implementación del Gestor del Mercado de Gas Natural.
Cambios normativos concretos
- Amplía el plazo inicialmente establecido en la Circular 347 de 2026 para el envío de la información requerida.
- Establece que el nuevo plazo para la entrega de dicha información será hasta el 1 de octubre de 2026.
- Confirma que las demás disposiciones y requerimientos de la Circular 347 de 2026 permanecen sin modificación.
Obligaciones creadas
- Los productores, transportadores, distribuidores, comercializadores de gas importado y operadores de infraestructura de importación de gas natural deben remitir la información solicitada en la Circular 347 de 2026.
- Dicha información debe ser entregada a la CREG a más tardar el 1 de octubre de 2026.
Ámbito de aplicación
La Circular tiene aplicación nacional y está dirigida a los siguientes sujetos:
- Productores de gas natural.
- Transportadores de gas natural.
- Distribuidores de gas natural.
- Comercializadores de gas importado.
- Operadores de infraestructura de importación de gas natural.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la Circular.
Base legal
La expedición de esta Circular se fundamenta en las facultades regulatorias conferidas a la CREG, sin especificar artículos o normas particulares en el texto.
Fecha de entrada en vigencia
La Circular 354 de 2026 entra en vigencia a partir de su fecha de publicación, el 23 de septiembre de 2026.
Régimen de transición o plazos de implementación
Se concede un plazo adicional para la entrega de la información requerida, extendiendo el límite original hasta el 1 de octubre de 2026, sin otros plazos transitorios especificados.
Con esta ampliación, la CREG busca garantizar la adecuada recopilación de información necesaria para avanzar en el estudio y posterior implementación del Gestor del Mercado de Gas Natural, fomentando así un mercado más eficiente y competitivo en Colombia. Las partes interesadas deben cumplir con esta nueva fecha límite para evitar posibles sanciones o inconvenientes regulatorios.