Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto emitido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, en un proceso de pérdida de investidura.
Sentido de la decisión
El auto resuelve:
- Declarar que la oposición presentada por el congresista dentro del término legal se tiene por contestada.
- Decretar e incorporar como prueba los documentos aportados con la solicitud de pérdida de investidura.
- Correr traslado de las pruebas decretadas por tres días hábiles a las partes y al Ministerio Público.
- Fijar fecha y hora para la realización de la audiencia pública prevista en la Ley 1881 de 2018, una vez vencido el término de traslado.
- Reconocer personería adjetiva al abogado apoderado del congresista accionado para actuar en el proceso.
Razón principal de la decisión
La providencia se fundamenta en que la oposición fue presentada oportunamente conforme al término legal. Además, la revisión de los documentos aportados permite concluir que son conducentes, pertinentes y útiles para sustentar los hechos del proceso. Por ello, se procede a decretar las pruebas y se otorga traslado para garantizar el derecho de defensa y la participación del Ministerio Público. También, se reconoce la personería del apoderado con base en el poder allegado.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
El proceso se originó por una solicitud de pérdida de investidura contra un congresista, presentada por un tercero. La oposición a dicha solicitud fue presentada dentro del término legal. En el trámite, se resolvieron impedimentos manifestados, y se adelantó el trámite para decretar pruebas y fijar audiencia. La parte actora aportó múltiples documentos relacionados con la elección, contratos, convenios y registros civiles, entre otros. La parte accionada no allegó pruebas ni solicitudes probatorias en su contestación. El Ministerio Público no ha intervenido hasta el momento.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto vincula a las partes del proceso, disponiendo que se incorporen las pruebas documentales para su valoración conforme a la ley. Asimismo, ordena que se otorgue traslado de dichas pruebas para que las partes y el Ministerio Público puedan ejercer sus derechos de contradicción y defensa. Finalmente, dispone la realización de la audiencia pública como parte del trámite procesal y reconoce la personería del abogado apoderado del congresista accionado, autorizándolo a actuar en el proceso.
Notifíquese y cúmplase conforme a lo ordenado en el auto.