Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto proferido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para conocer procesos relacionados con la pérdida de investidura de congresistas.
Sentido de la decisión
El despacho judicial resolvió lo siguiente:
- Admitir la demanda de pérdida de investidura presentada contra la representante a la Cámara por la Circunscripción Territorial del Departamento de Sucre para el período 2026-2030.
- Ordenar la notificación personal de esta decisión a la representante demandada y al agente del Ministerio Público.
- Notificar la providencia al demandante por medio de estado.
- Correr traslado a la representante demandada para que, dentro de los cinco días siguientes a la notificación, se pronuncie por escrito y aporte o solicite pruebas que considere pertinentes para su defensa.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamentó en que la demanda inicialmente fue inadmitida por incumplimiento de requisitos formales previstos en la Ley 1881 de 2018 y disposiciones complementarias. Sin embargo, el demandante presentó oportunamente un escrito de subsanación que corrigió tales defectos, cumpliendo con las exigencias legales para la admisibilidad de la solicitud de pérdida de investidura. Por ello, el despacho procedió a admitir la demanda y continuar con su trámite.
Antecedentes fácticos y procesales
Un ciudadano presentó solicitud de pérdida de investidura contra la representante a la Cámara mencionada, argumentando la existencia de una causal prevista en el artículo 183 numeral 1 de la Constitución Política y la Ley 1881 de 2018, relacionada con violaciones al régimen de inhabilidades e incompatibilidades. Inicialmente, el despacho inadmitió la solicitud por incumplimiento de requisitos formales. Posteriormente, y dentro del término concedido, el solicitante corrigió la demanda mediante escrito de subsanación. Luego de esta corrección, el expediente fue radicado nuevamente para su estudio y trámite.
Efectos jurídicos
La admisión de la demanda implica la apertura formal del proceso de pérdida de investidura contra la congresista demandada, vinculándola a responder por escrito y aportar pruebas en defensa dentro del plazo legal. Asimismo, se activa la participación del Ministerio Público en el trámite, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1881 de 2018. Esta providencia vincula a las partes notificadas y establece la continuación del proceso conforme a los procedimientos legales vigentes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Magistrado Ponente
Sala Plena de lo Contencioso Administrativo
Consejo de Estado