Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia corresponde a un auto dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, en el trámite de un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico.
Sentido de la decisión
- Tener como pruebas los documentos aportados con el escrito del recurso extraordinario de revisión y la contestación, otorgándoles el valor legal correspondiente.
- Decretar como prueba el expediente del proceso de reparación directa radicado en un juzgado administrativo, ordenando su envío digital completo y organizado al Consejo de Estado.
- Correr traslado de los documentos allegados por un término de tres días, sin necesidad de nuevo auto.
- Reconocer personería al abogado que presentó poder para representar judicialmente al Ministerio de Defensa – Policía Nacional en el proceso.
- Notificar esta decisión mediante estado electrónico conforme a la normativa aplicable.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en la interpretación del artículo 252 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que permite acompañar pruebas documentales con el recurso extraordinario de revisión. Sin embargo, esta oportunidad probatoria no implica reabrir el debate ni suplir deficiencias probatorias, sino verificar los fundamentos del proceso cuya decisión definitiva se revisa y determinar la existencia o no de la causal extraordinaria invocada. Por ello, el despacho decidió admitir las pruebas aportadas oportunamente y decretar el expediente de un proceso anterior como prueba, para facilitar la valoración de los hechos procesales específicos que sustentan el recurso.
Antecedentes relevantes
Un grupo de demandantes interpuso recurso extraordinario de revisión contra una sentencia que confirmó una decisión de primera instancia en un proceso de reparación directa. Inicialmente, el recurso fue inadmitido por falta de claridad en los fundamentos y acreditación del envío a la contraparte, pero posteriormente fue admitido tras la subsanación de estos aspectos.
El Ministerio de Defensa – Policía Nacional contestó el recurso aportando documentos y un poder conferido a su apoderado. Además, el Ministerio Público allegó concepto. Durante el trámite, se identificó la necesidad de decretar como prueba el expediente de un proceso judicial relacionado, con el fin de verificar los fundamentos del caso.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto vincula a las partes en cuanto dispone:
- La admisión y valoración legal de las pruebas documentales aportadas con el recurso y su contestación.
- La obligación del juzgado administrativo que conoció un proceso anterior para enviar el expediente completo y organizado en formato digital al Consejo de Estado.
- La habilitación del apoderado del Ministerio de Defensa – Policía Nacional para actuar judicialmente en el proceso.
- El traslado de las pruebas a las partes para que puedan ejercer su derecho de contradicción en el término fijado.
- La notificación electrónica de la providencia, conforme a la legislación vigente.
Con esta decisión, el Consejo de Estado garantiza la adecuada valoración de las pruebas y el respeto al debido proceso en el trámite del recurso extraordinario de revisión, permitiendo así una correcta revisión de los fundamentos que justifican la solicitud de revisión de la sentencia.