Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en la Sección Cuarta, en primera instancia dentro del proceso de nulidad.
Sentido de la decisión
El auto resuelve lo siguiente:
- Admitir la demanda de nulidad simple presentada contra los Conceptos 002809 (313) del 6 de marzo de 2025 y 100202208-0191 (3283) del 17 de febrero de 2020, expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
- Ordenar la notificación de la providencia a la DIAN, al agente del Ministerio Público y al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
- Correr traslado de la demanda a la DIAN, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado por un término de treinta (30) días para que contesten la demanda, propongan excepciones y soliciten pruebas.
- Solicitar a la entidad demandada enviar los antecedentes administrativos que dieron origen a los conceptos demandados durante el término para contestar la demanda.
- Informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través de medios virtuales disponibles.
- Invitar a varias instituciones académicas y de estudio tributario a presentar por escrito conceptos sobre puntos relevantes para la decisión dentro del término previsto.
- Ordenar a la secretaría de la sección certificar si existen otras demandas contra los conceptos demandados y, en caso afirmativo, informar fechas de admisión y notificación para decidir sobre posible acumulación de procesos.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en que la demanda cumple con los requisitos formales y sustanciales previstos en los artículos 137, 162, 163, 164 y 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), lo cual permite su admisión para continuar con el trámite correspondiente.
Antecedentes relevantes
La demanda fue interpuesta contra dos conceptos emitidos por la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN. El primero versa sobre la competencia de la DIAN para interpretar los Convenios de Doble Imposición y el alcance del procedimiento amistoso (MAP). El segundo se refiere a la activación de las Cláusulas de Nación Más Favorecida (CNMF) en los convenios vigentes con el Reino Unido en materia de servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría.
Efectos jurídicos
Con la admisión de la demanda, se inicia formalmente el proceso de nulidad, vinculando a la DIAN, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, quienes deberán ejercer su derecho a defensa y aportar pruebas en el término legal. Además, se habilita la participación de terceros interesados para aportar conceptos técnicos y académicos que puedan ser tenidos en cuenta para la decisión final. La providencia genera la obligación para la entidad demandada de remitir los antecedentes administrativos pertinentes y establece la transparencia del proceso mediante la difusión pública de su existencia.
Notifíquese y cúmplase.