Naturaleza de la providencia y contexto procesal
Se trata de un auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, en el trámite de segunda instancia de un proceso iniciado mediante una acción de grupo contra la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público y otras entidades. El recurso de apelación fue interpuesto contra la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda.
Sentido de la decisión
- Solicitud de pruebas en apelación: Negada.
Razón principal de la decisión
El despacho consideró que la solicitud probatoria presentada en el recurso de apelación no cumplió con el requisito de individualización y concreción de las pruebas que se pretendían practicar. Aunque la solicitud se presentó en oportunidad procesal, fue formulada de manera general, sin especificar las entidades a las que se debía oficiar, ni la información precisa requerida, ni las pruebas decretadas en primera instancia que no fueron practicadas y que se buscaba practicar en segunda instancia. Por ello, la solicitud fue negada, sin perjuicio de que el tribunal pueda decretar de oficio las pruebas que estime necesarias conforme al artículo 170 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CGP).
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
La demanda, ejercida en ejercicio de la acción de grupo, fue presentada contra la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público y otros, con el fin de declarar la responsabilidad por la cancelación tardía de incrementos salariales y bonificaciones correspondientes a los años 2015, 2016 y 2017, y se solicitó la condena al pago de perjuicios materiales ocasionados a todos los servidores públicos afectados. En primera instancia, el Tribunal Administrativo competente negó las pretensiones. Contra esa decisión, la parte actora interpuso recurso de apelación y, dentro de este trámite, solicitó la práctica de pruebas adicionales para determinar la cuantificación de la indemnización, petición que fue resuelta en esta providencia.
Efectos jurídicos de la decisión
Esta providencia vincula a las partes en el proceso y establece que la solicitud probatoria formulada en el recurso de apelación no será atendida debido a la falta de concreción en la petición. Además, autoriza al tribunal para que, de considerarlo pertinente, decrete de oficio las pruebas necesarias para el trámite procesal, conforme al marco normativo aplicable.
Resolución
- Se negó la solicitud probatoria presentada por la parte actora en el recurso de apelación.
- Se ordenó notificar la decisión mediante estado electrónico, conforme a la normatividad vigente.
Esta decisión reafirma la importancia de presentar solicitudes probatorias claras, específicas y debidamente fundamentadas en los recursos de apelación para garantizar su admisión y trámite efectivo dentro del proceso judicial.