Naturaleza de la providencia, tribunal e instancia
La providencia en análisis es un
auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en calidad de tribunal de segunda instancia. El recurso de apelación fue interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Santander, que actuó en primera instancia.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Admitir el recurso de apelación presentado por el municipio contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Santander.
- Ordenar que, una vez ejecutoriado el auto, el expediente regrese al Despacho para fallo, salvo que las partes soliciten pruebas.
- Aceptar la renuncia de la apoderada que representaba al municipio.
- Reconocer la personería del nuevo apoderado designado por el municipio, conforme al poder conferido.
- Notificar la decisión a las partes y al Ministerio Público.
Razón principal de la decisión
La admisión del recurso de apelación se sustentó en que fue presentado dentro del término de tres días contados a partir de la notificación de la sentencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 322 del Código General del Proceso (CGP). Además, se verificó que el recurso cumplía con los requisitos procesales para su admisión. Por otra parte, el auto establece el procedimiento a seguir respecto a la presentación y valoración de pruebas, conforme a las normas aplicables del CGP y del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Santander emitió sentencia el 26 de junio de 2026, en la cual declaró la vulneración y/o amenaza de derechos colectivos relacionados con la seguridad, la prevención de desastres técnicamente previsibles y el derecho a un ambiente sano. Posteriormente, el municipio interpuso recurso de apelación frente a dicha sentencia y solicitó su admisión. El tribunal concedió el recurso en efecto devolutivo, dando continuidad al trámite.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto vincula a las partes y al Ministerio Público mediante la notificación de la admisión del recurso de apelación. Asimismo, ordena que el proceso continúe su trámite en segunda instancia, con la posibilidad de que las partes soliciten pruebas antes del fallo definitivo. Reconoce formalmente la representación procesal del municipio a través del nuevo apoderado designado, lo que habilita la continuación del proceso bajo esta representación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.