Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, del Consejo de Estado, en el trámite de un proceso de reparación directa.
Sentido de la decisión
- Se requiere a la parte demandante para que presente la solicitud de cambio de radicación a través de abogado inscrito dentro de los diez días siguientes a la notificación.
- Se advierte que de no cumplir con este requerimiento, la solicitud será devuelta.
Razón principal de la decisión
La providencia se fundamenta en la salvaguardia del derecho de postulación, establecido en el artículo 160 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que exige la intervención de abogado inscrito para la presentación de solicitudes en el proceso, salvo excepciones legales específicas. En este caso, el trámite de cambio de radicación en un proceso de reparación directa no está incluido entre las excepciones que permiten la actuación directa sin abogado. Por ello, el tribunal ordena que la petición sea presentada por conducto de apoderado judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante solicitó de manera directa el cambio de radicación del proceso de reparación directa, a pesar de estar representada por apoderado judicial. Esta actuación motivó el requerimiento para que la solicitud se formalice por medio del abogado inscrito, conforme a las normas procesales aplicables.
Efectos jurídicos de la providencia
La decisión obliga a la parte demandante a presentar la solicitud de cambio de radicación a través de su apoderado judicial inscrito. El incumplimiento de este requerimiento implicará la devolución de la solicitud, lo que afecta el trámite procesal en curso. El auto vincula a la parte demandante y a la secretaría de sección encargada del proceso para su cumplimiento y notificación.
Normativa aplicable citada
- Artículo 160 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo: Derecho de postulación y obligación de actuar por abogado inscrito.