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Superservicios aclara competencias y procedimientos sobre el servicio público domiciliario de acueducto

Proviene de: Conceptos

1 de octubre de 2026 10:43:44

La Superservicios, en respuesta a una solicitud de concepto remitida por la Dirección de Política y Regulación del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, emitió un análisis detallado sobre la factibilidad y disponibilidad del servicio público domiciliario de acueducto, las competencias municipales en materia de licencias urbanísticas y los mecanismos alternos para el aprovisionamiento temporal de agua para consumo humano y doméstico.

Factibilidad y disponibilidad del servicio público domiciliario de acueducto

La factibilidad es el documento mediante el cual el prestador del servicio público establece las condiciones técnicas, jurídicas y económicas para la ejecución de la infraestructura necesaria dentro de procesos de urbanización desarrollados mediante plan parcial. Esta factibilidad tiene una vigencia mínima de cinco años y, una vez otorgada, el prestador no podrá negar la disponibilidad inmediata del servicio siempre que el solicitante cumpla con los requisitos técnicos. Por otra parte, la certificación de viabilidad y disponibilidad inmediata es un documento que certifica la posibilidad técnica de conectar un predio objeto de licencia urbanística a las redes existentes. Esta certificación tiene una vigencia mínima de dos años y es requisito para tramitar la licencia de urbanización.

Competencias municipales en materia urbanística

La Superservicios recordó que, si bien ejerce inspección, vigilancia y control sobre los prestadores de servicios públicos domiciliarios, no tiene competencia para controlar aspectos urbanísticos como licencias de construcción o planes de ordenamiento territorial, que son responsabilidad de los municipios y distritos. No obstante, estos ámbitos deben articularse para garantizar la adecuada prestación del servicio.

Mecanismos alternos para el suministro temporal de agua

Se establecen medios alternos transitorios, como carrotanques, agua potable tratada envasada y tanques portátiles, para garantizar el acceso a agua apta para consumo humano en zonas donde la prestación tradicional del servicio no sea posible en el corto plazo. Estos mecanismos no constituyen el servicio público domiciliario de acueducto, ya que carecen de elementos esenciales como red, conexión y medición.

Régimen específico de hidrantes

Los hidrantes forman parte integral de la red de acueducto y su uso está regulado estrictamente. Generalmente, son utilizados por la entidad prestadora y el cuerpo de bomberos. Su uso para otros fines requiere autorización expresa, mecanismos de medición y cobro, y no puede considerarse equivalente a la conexión ordinaria al servicio público domiciliario de acueducto.

Conclusiones principales

La Superservicios concluye que: - El suministro prolongado de agua mediante hidrantes no sustituye la factibilidad ni la certificación de viabilidad y disponibilidad inmediata exigidas para proyectos urbanísticos. - Las autorizaciones temporales sucesivas para uso de hidrantes no constituyen factibilidad del servicio. - El uso prolongado de hidrantes para abastecimiento residencial desnaturaliza su finalidad y contradice principios de planeación urbana. - La Superintendencia no tiene competencia para pronunciarse sobre posibles incumplimientos urbanísticos, que corresponden a autoridades municipales. - Las directrices para atender estas situaciones deben ser fijadas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y las autoridades territoriales. Este concepto jurídico reafirma la importancia de respetar los instrumentos normativos y técnicos que regulan la prestación del servicio público domiciliario de acueducto, así como la clara delimitación de competencias entre entidades para garantizar el acceso efectivo al agua potable con criterios de planificación y sostenibilidad. Asimismo, se enfatiza la necesidad de fortalecer la coordinación entre las entidades involucradas para asegurar que las soluciones temporales no comprometan la calidad ni la continuidad del servicio público. De esta forma, se busca proteger los derechos de los usuarios y promover un desarrollo urbano ordenado y sostenible.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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