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Resolución 1071 de 2026: nuevo equipamiento obligatorio para Jet Car y Jet Board

Proviene de: Resoluciones

1 de octubre de 2026 11:28:6

Entidad emisora, tipo de norma y fecha

La Resolución 1071 de 2026 fue expedida por la Dirección General Marítima el 22 de septiembre de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.643 el 30 de septiembre de 2026. Se trata de un acto administrativo que modifica el Reglamento para Actividades Marítimas (Remac 4).

Objeto de la norma

La resolución regula la seguridad en la práctica de deportes náuticos y actividades recreativas, adicionando definiciones y estableciendo el equipo obligatorio de seguridad para las naves menores denominadas Jet Car y Jet Board.

Cambios normativos concretos

  • Adición de definiciones en la Parte 1 del Remac 4 relativas a las naves Jet Car y Jet Board, especificando sus características técnicas y de diseño.
  • Modificación del Capítulo 2 del Título 5 de la Parte 2 del Remac 4, que trata del equipo obligatorio de seguridad para naves recreativas o deportivas, incorporando un parágrafo con requisitos específicos para Jet Car y Jet Board.

Obligaciones creadas

Se establece que todas las naves tipo Jet Car y Jet Board deben portar el siguiente equipamiento mínimo cuando naveguen en aguas protegidas:
Tipo de Equipo Jet Car Jet Board
Distintivos
  • Etiqueta o sticker con la bandera de Colombia
  • Marcas de identificación (nombre y número de matrícula)
  • NIC (Número de Identificación de la Nave)
  • Etiqueta o sticker con la bandera de Colombia
  • Marcas de identificación (nombre y número de matrícula)
  • NIC
Navegación
  • Compás magnético
  • Luces de navegación
No aplicable
Comunicaciones VHF portátil No aplicable
Equipo de seguridad
  • Chalecos salvavidas con silbato amarrado para cada tripulante
  • Remo retráctil con gancho bichero en los extremos
  • Extinguidor ABC de 5 libras
  • Botiquín básico
  • Herramientas básicas
  • Linterna
  • Espejo de heliógrafo
  • Achicador
  • Equipo de fondeo (puede ser ancla de capa)
  • Corneta neumática si no dispone de pito
  • Chalecos salvavidas con silbato amarrado para cada tripulante
Prevención de la contaminación Recipiente para basura No aplicable

Ámbito de aplicación

La resolución aplica a nivel nacional para las naves menores destinadas a actividades recreativas, deportivas y turísticas denominadas Jet Car y Jet Board, dentro de aguas protegidas bajo jurisdicción colombiana.

Excepciones

No se establecen excepciones expresas en la resolución para los tipos de naves o escenarios de navegación.

Base legal

El acto administrativo se fundamenta en el Decreto Ley 2324 de 1984, especialmente en los numerales 5, 8 y 12 del artículo 5º y los artículos 110 y 112, así como en el numeral 5 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, que atribuyen a la Dirección General Marítima funciones de regulación, dirección y control de la seguridad marítima.

Vigencia y transición

La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, sin establecer plazos adicionales para su implementación o régimen de transición. --- Este resumen ejecutivo presenta los aspectos normativos centrales de la Resolución 1071 de 2026, destacando las obligaciones que deben cumplir las naves Jet Car y Jet Board para garantizar el cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad establecidos por la autoridad marítima nacional. De esta manera, se busca fortalecer la seguridad y protección de los usuarios en las actividades recreativas y deportivas náuticas, promoviendo un ambiente más seguro y responsable en las aguas bajo jurisdicción colombiana.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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