Naturaleza de la decisión y tribunal
Se trata de un auto proferido por la Sala Segunda de Decisión Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, en segunda instancia, que confirmó la sentencia del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Montería, Córdoba, dictada en un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
- Confirmación de la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
- Declaración de existencia de contrato de trabajo entre el actor y la sociedad demandada, vigente desde el 5 de enero de 2022 hasta el 30 de octubre de 2023.
- Condena a la sociedad empleadora al pago de salarios adeudados, prestaciones sociales, vacaciones, auxilio de transporte y sanción moratoria por mora en los pagos.
- Absolución del tercero llamado en garantía, descartando su responsabilidad solidaria.
- No condena en costas a la parte apelante.
Razón principal de la decisión
La Sala sostuvo que la demandada, en su condición de empleadora, no acreditó el pago de las acreencias laborales reclamadas. Aunque existían comprobantes de transferencias realizadas por terceros vinculados al proyecto, no se demostró que dichos pagos fueran realizados en nombre y por cuenta del empleador con la intención de extinguir las obligaciones laborales. Asimismo, no se acreditó la existencia de solidaridad entre la sociedad demandada y el tercero llamado en garantía, dado que no se demostró la prestación de servicios por parte del actor a dicho tercero ni la cesión de obligaciones laborales. Además, se confirmó que la parte demandada se allanó expresamente a la existencia y duración del contrato de trabajo, por lo que no era procedente revisar dichos extremos en apelación.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
El actor demandó a la sociedad empleadora solicitando la declaración de existencia de un contrato laboral y el pago de salarios, prestaciones sociales y una indemnización moratoria. Se estableció que el contrato se desarrolló en el marco de un proyecto de construcción pública. La demandada reconoció el vínculo laboral pero negó el incumplimiento y argumentó que los pagos fueron efectuados por terceros, solicitando la absolución del tercero llamado en garantía. En primera instancia, el juzgado declaró probado el contrato, condenó a la empleadora a pagar las acreencias y sanciones y absolvió al tercero. La demandada interpuso recurso de apelación cuestionando la valoración probatoria, la interpretación legal sobre los pagos realizados por terceros y la fijación de la fecha final del contrato.
Efectos jurídicos de la decisión
La sentencia confirmada obliga a la sociedad empleadora a cumplir con el pago de las acreencias laborales reclamadas, incluyendo salarios, prestaciones sociales y sanciones por mora, hasta la completa satisfacción de la deuda. Igualmente, el tercero llamado en garantía queda liberado de toda responsabilidad solidaria en el proceso. La decisión vincula a las partes y ordena remitir el expediente al juzgado de origen para lo pertinente. No se impuso condena en costas a la parte apelante en la instancia de segunda instancia.
Con esta decisión, el Tribunal Superior de Montería reafirma la protección de los derechos laborales y la correcta aplicación de la solidaridad en la responsabilidad, asegurando que solo quienes efectivamente sean empleadores o hayan asumido obligaciones laborales respondan por las acreencias laborales. El proceso continuará su curso en el juzgado de origen para el cumplimiento de lo ordenado en sentencia.