Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, en ejercicio de control de segunda instancia sobre recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo de Antioquia.
Sentido de la decisión
- Confirma el auto que negó el decreto de los testimonios de tres funcionarios de la Comisaría de Familia y de un abogado externo.
- Confirma la negativa de decretar la prueba documental solicitada mediante oficio a la Comisaría de Familia de la Comuna 14 El Poblado.
- Revoca parcialmente la decisión en cuanto al decreto de pruebas documentales mediante oficios dirigidos a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial y a la Fiscalía General de la Nación, ordenando su expedición.
Razón principal de la decisión
La providencia se fundamenta en que los testimonios negados resultan impertinentes o inútiles, debido a que:
- Las declaraciones de los funcionarios solicitados versan sobre hechos ya suficientemente aclarados o documentados mediante otros medios probatorios, especialmente el testimonio del Comisario de Familia, quien posee un conocimiento directo y completo de las actuaciones administrativas en controversia.
- La declaración del abogado externo no se relaciona directamente con el objeto del proceso, que es determinar la posible falla en el servicio de la Comisaría de Familia, el daño y el nexo causal, y excede el ámbito del litigio al intentar probar relaciones personales y patrimoniales entre las partes.
- La prueba documental solicitada a la Comisaría de Familia fue negada por tratarse de una dependencia de la entidad demandada, por lo que la carga de aportarla corresponde a esta última y no al juzgador.
El análisis se apega a las normas procesales aplicables que facultan al juez a rechazar pruebas impertinentes, inconducentes, superfluas o inútiles en la etapa de decreto probatorio, con el propósito de garantizar economía y celeridad procesal.
Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes presentaron demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa contra el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, representado por la Comisaría de Familia de la Comuna 14 El Poblado, por presuntas omisiones en el trámite de un proceso administrativo por violencia intrafamiliar. La demanda alegó falla en el servicio, daño y nexo causal.
La entidad demandada contestó la demanda y solicitó el decreto de diversas pruebas, incluyendo testimonios de funcionarios de la Comisaría, un abogado externo y pruebas documentales mediante oficios a entidades públicas.
El Tribunal Administrativo de Antioquia, mediante auto de 5 de mayo de 2026, negó parcialmente el decreto de pruebas, decisión que fue apelada por la entidad demandada.
Efectos jurídicos de la decisión
La providencia confirma la negativa a decretar ciertas pruebas solicitadas por la entidad demandada, limitando el acopio de pruebas a aquellas que resulten pertinentes, conducentes y útiles para esclarecer la posible falla en el servicio, el daño y el nexo causal.
Ordena, en cambio, la expedición de oficios a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial y a la Fiscalía General de la Nación para que aporten expedientes y documentación relevante para el proceso.
Finalmente, dispone la devolución del expediente al tribunal de origen para la continuación del trámite conforme a lo decidido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.