Naturaleza de la providencia y actores procesales
La providencia corresponde a un auto interlocutorio emitido por la Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en segunda instancia. Se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES, contra un auto del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Neiva.
Sentido de la decisión
- Confirmar el auto del Juzgado Tercero Laboral que negó las excepciones de pago total y otras alegaciones formuladas por COLPENSIONES.
- Ordenar continuar con la ejecución de la sentencia para el pago de las sumas adeudadas por concepto de intereses moratorios y costas procesales, debidamente indexadas.
- Disponer la liquidación del crédito conforme al artículo 446 del Código General del Proceso.
- Condenar en costas procesales a COLPENSIONES en esta instancia, de conformidad con el artículo 365 numeral 1 del Código General del Proceso.
- Devolver las actuaciones al juzgado de origen para su cumplimiento.
Razón principal de la decisión
El tribunal determinó que la entidad demandada no cumplió con el pago total de la obligación derivada de la sentencia, especialmente en lo referente a los intereses moratorios causados desde el 19 de octubre de 2016 hasta la inclusión en nómina de los beneficiarios en agosto de 2023, ni con el pago de las costas procesales. La resolución administrativa que reconoció la pensión y los intereses moratorios no implicó el pago íntegro de las sumas adeudadas, por lo que procede continuar con la ejecución judicial. Asimismo, se destacó que corresponde a la parte demandada acreditar el pago total, lo cual no ocurrió.
Antecedentes relevantes
La parte ejecutante promovió un proceso ejecutivo laboral contra COLPENSIONES para obtener el pago de condenas impuestas en sentencia de 2018 y adicionada en providencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en 2023. La ejecución busca el pago de intereses moratorios y costas procesales no cubiertos. El juzgado de primera instancia libró mandamiento de pago a favor de la ejecutante por estas sumas. COLPENSIONES presentó excepciones, entre ellas la de “Pago total de la obligación”, que fueron negadas en el auto recurrido.
Efectos jurídicos de la decisión
La providencia confirma la orden de continuar con la ejecución judicial para el pago de las obligaciones pendientes, vinculando a COLPENSIONES a cumplir con las sumas adeudadas, incluyendo intereses moratorios y costas. Además, impone el pago de costas procesales en esta instancia a la entidad demandada. Finalmente, ordena devolver el expediente al juzgado de origen para la ejecución de lo decidido, asegurando así el cumplimiento efectivo de la sentencia y la protección de los derechos laborales de los beneficiarios afectados.