Entidad proponente y contexto
El proyecto fue publicado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en 2026, en el marco de su Agenda Regulatoria 2026-2027. La CRC es el órgano encargado de regular y promover la competencia en los mercados de telecomunicaciones, conforme a las facultades conferidas por la Ley 1341 de 2009 y sus modificaciones.
Objeto del proyecto
El proyecto tiene como objeto revisar y redefinir los mercados relevantes de internet fijo residencial en Colombia, así como establecer nuevas obligaciones de reporte de información para los proveedores de dichos servicios, con el fin de facilitar el monitoreo de las condiciones de competencia y la protección de los derechos de los usuarios.
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones:
- Adición de un artículo al Título de Reportes de Información de la Resolución CRC 5050 de 2016, que obligaría a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que presten acceso a internet fijo a suministrar mensualmente a la CRC información detallada por cada factura expedida correspondiente al mercado relevante "Acceso a Internet fijo residencial".
- La información deberá incluir identificadores de factura y contrato, fechas de facturación, segmento del usuario (masivo o corporativo), municipio de prestación del servicio, tipo de plan (fijo o convergente fijo-móvil), componentes tarifarios desglosados, descuentos, impuestos, condiciones comerciales básicas y, cuando aplique, información sobre ofertas sujetas a condicionamientos de precios de referencia asociados a municipios ancla.
- La información deberá ser remitida dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al cierre del mes reportado.
- Modificación del numeral 1 del Anexo 3.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016 para integrar en un único mercado relevante de alcance municipal denominado "Acceso a Internet fijo residencial" el internet fijo individual y los paquetes Dúo Play 1, Dúo Play 2 y Triple Play.
- Sustitución del listado del Anexo 4.9 de la Resolución CRC 5050 de 2016, el cual clasifica a los municipios por clúster según el desempeño de los servicios fijos de telecomunicaciones, actualizando dicha clasificación con base en la información disponible para 2026.
- Establecimiento de un régimen de transición para la implementación de la obligación de reporte, otorgando un plazo de tres (3) meses a los proveedores para implementar la circular administrativa que definirá las especificaciones técnicas y operativas del reporte. El primer reporte correspondería al mes siguiente a la finalización del plazo de implementación.
Ámbito de aplicación
El proyecto aplicaría a nivel nacional, con enfoque municipal, y vincularía a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que ofrezcan acceso a internet fijo residencial. La clasificación de municipios se utilizaría para caracterizar las condiciones del mercado y orientar la regulación.
Plazo para comentarios y mecanismos de participación
Con fundamento en el Decreto 1078 de 2015 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la CRC abrió un plazo para la participación sectorial y ciudadana, durante el cual se recibirían comentarios, observaciones o sugerencias sobre el proyecto y su documento soporte. Aunque las fechas específicas no se indican en el resumen proporcionado, se menciona que la etapa de participación se desarrollaría en 2026.
Los mecanismos de participación incluirían la presentación de comentarios a través de los canales dispuestos por la CRC, tales como correo electrónico o formulario web, conforme a los procedimientos establecidos en la convocatoria. La CRC evaluaría los comentarios recibidos y podría ajustar la propuesta regulatoria antes de su eventual expedición.
Base legal y modificaciones normativas
La expedición del proyecto se fundamentaría en las facultades otorgadas a la CRC por los artículos 2, 19 y 22 de la Ley 1341 de 2009 y sus modificaciones por la Ley 1978 de 2019. Además, el proyecto modificaría disposiciones de la Resolución CRC 5050 de 2016, específicamente:
- Adición del artículo 1.1.14 al Título de Reportes de Información.
- Modificación del numeral 1 del Anexo 3.1 sobre definición de mercados minoristas.
- Sustitución del Anexo 4.9 referente a la clasificación de municipios por clúster para servicios fijos.
El proyecto no deroga normas vigentes, sino que actualiza y complementa el régimen regulatorio para los mercados de internet fijo residencial.
Resumen
En síntesis, el proyecto propone redefinir el mercado relevante de acceso a internet fijo residencial, consolidando diferentes tipos de ofertas bajo un solo mercado de alcance municipal. Asimismo, establece una obligación de reporte periódico y detallado de información comercial y tarifaria por parte de los proveedores, con el objeto de fortalecer el monitoreo de la competencia y la evaluación regulatoria. Se actualiza la clasificación de municipios por su desempeño en servicios fijos para adecuar la regulación a las condiciones actuales del mercado.
El plazo y los mecanismos para la participación ciudadana permiten a los interesados presentar observaciones durante el proceso de consulta pública. El proyecto permanece en etapa de discusión y no produce efectos jurídicos ni vinculantes hasta que sea expedido en norma definitiva, momento en el cual se dará a conocer públicamente para su cumplimiento por parte de los proveedores y demás actores involucrados. De esta manera, la CRC busca garantizar un mercado más transparente, competitivo y orientado a la protección de los derechos de los usuarios de internet fijo residencial en Colombia.