Documentos contenidos en la Gaceta 1368
- Proyecto de Ley número 179 de 2026 Cámara: Formalización progresiva del personal misional permanente en el sector salud.
- Proyecto de Ley número 193 de 2026 Cámara: Exención del IVA a pañales desechables para niños, adultos mayores y personas en situación de discapacidad o enfermedad.
- Proyecto de Ley número 243 de 2024 Cámara: Modificación de la Ley 2033 de 2020 y creación del Fondo de Transporte Escolar Rural (Fontrer).
Proyecto de Ley 179 de 2026 Cámara: Formalización progresiva en el sector salud
Este proyecto de ley establece un marco obligatorio, gradual, verificable y fiscalmente sostenible para formalizar la vinculación directa del personal que desempeña funciones misionales permanentes en el sector salud, tanto en instituciones públicas, privadas como mixtas. Se modifica el artículo 103 de la Ley 1438 de 2011 y se dictan otras disposiciones relacionadas.
El proyecto define términos clave como personal misional permanente, formalización, tercerización especializada lícita y profesionales exceptuados (médicos generales, especialistas y odontólogos). Establece que la formalización implica vinculación directa mediante contrato laboral o empleo público, con afiliación completa al sistema de seguridad social y reconocimiento de derechos.
Se exceptúan de la formalización obligatoria los médicos y odontólogos, quienes podrán optar libremente por vinculación formal directa o prestación profesional independiente, siempre que exista autonomía real y no se configure una relación laboral subordinada. La opción debe constar en manifestación individual, informada y libre, y puede revocarse en cualquier momento.
El proyecto ordena la elaboración, por parte de cada institución del sector salud, de un inventario técnico de necesidades de personal y un plan institucional de formalización con metas, cronogramas, responsables y fuentes de financiación. La implementación distingue entre instituciones públicas y privadas o mixtas, estableciendo reglas específicas para cada una.
Se regulan además las garantías de no represalia para trabajadores y profesionales que participen en el proceso, la inspección y control por parte del Ministerio del Trabajo y la Superintendencia Nacional de Salud, y la presentación anual de informes al Congreso. Se prevé una transición con plazos máximos de cuatro años para entidades públicas y treinta y seis meses para privadas o mixtas.
El proyecto incluye una exposición de motivos que detalla el objeto, justificación constitucional, estatutaria y jurisprudencial, impacto fiscal, concurrencia con otras iniciativas legislativas y marco normativo revisado.
Proyecto de Ley 193 de 2026 Cámara: Exención del IVA a pañales desechables
Este proyecto tiene por objeto declarar exentos del Impuesto sobre las Ventas (IVA) los pañales desechables utilizados por niños, niñas, adultos mayores y personas con discapacidad o enfermedad que requieran su uso debido a pérdida del control de esfínteres o dependencia del insumo. Se modifica el artículo 477 del Estatuto Tributario para incluir expresamente estos productos en el listado de bienes exentos.
Se establece que la Superintendencia de Industria y Comercio verificará que la exención se traslade efectivamente al precio final para los consumidores e informará semestralmente al Congreso sobre precios y acceso.
La exposición de motivos describe el marco normativo tributario vigente, la clasificación arancelaria aplicada, y señala que la actual normativa excluye a los pañales de la exención concedida a compresas y toallas higiénicas, lo que genera un vacío que el proyecto busca corregir.
Además, se presenta un análisis demográfico y social que resalta la importancia del insumo para la primera infancia, el envejecimiento poblacional y personas con discapacidad o enfermedades que generan incontinencia. También se expone el impacto económico del IVA en los hogares y el sistema de salud, y la inelasticidad de la demanda de pañales.
Se incluyen referencias a la jurisprudencia de la Corte Constitucional que reconoce el suministro de pañales como garantía de derechos fundamentales a la salud y vida digna, así como el precedente en materia de productos de gestión menstrual.
Proyecto de Ley 243 de 2024 Cámara: Modificación de la Ley 2033 de 2020 y creación del Fondo de Transporte Escolar Rural (Fontrer)
Este proyecto modifica la Ley 2033 de 2020 para ampliar y flexibilizar los criterios de focalización para municipios de categorías 4, 5 y 6 que presentan dificultades para cumplir con las normativas del transporte escolar. Crea el Fondo de Transporte Escolar Rural (Fontrer), administrado por el Ministerio de Transporte, con el fin de financiar permanentemente el transporte escolar en zonas rurales, apartadas y municipios con limitaciones económicas y de infraestructura.
El Fondo contará con un comité de administración que será definido por el Gobierno nacional en un plazo de seis meses desde la vigencia de la ley. Los recursos provendrán principalmente del presupuesto general de la nación, con una asignación mínima del 5% del presupuesto del Ministerio de Transporte, y podrán complementarse con aportes de otras entidades nacionales.
Los recursos se girarán directamente a los municipios interesados, excluyendo intermediación por gobernaciones u otras entidades territoriales distintas a la municipal.
El proyecto adiciona un parágrafo al artículo 240 del Estatuto Tributario estableciendo una sobretasa temporal al impuesto sobre la renta para instituciones financieras con renta gravable elevada, cuyo recaudo se destinará al fondeo del Fondo.
La exposición de motivos incluye un análisis jurídico constitucional y normativo, describe la situación actual del transporte escolar en Colombia y ejemplifica casos de suspensión o deficiencia del servicio en diversas regiones. Se menciona el impacto fiscal del proyecto y la necesidad de recursos para su implementación.
Estado procesal y trámites
Los proyectos fueron radicados en la Cámara de Representantes el 4 de agosto de 2026. Tras su publicación en esta gaceta, los proyectos quedaron en etapa de estudio y debate en las respectivas comisiones constitucionales permanentes, principalmente las Séptimas en materia de salud y trabajo, y las comisiones económicas o de asuntos municipales para transporte y tributación.
No se registran en la gaceta fechas exactas de discusión o votación, ni decisiones adoptadas respecto a estos proyectos tras su radicación. Se espera que en las próximas semanas se programen sesiones para su análisis detallado y posible aprobación para continuar el trámite legislativo correspondiente.