Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, dentro del trámite de grado jurisdiccional de consulta en un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
La Sala Laboral resolvió:
- Ordenar la devolución inmediata del expediente al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Cúcuta para que tramite y resuelva el incidente de nulidad procesal promovido por la parte demandante.
- Establecer que, una vez ejecutoriada la providencia que decida el incidente y surtidas las actuaciones correspondientes, y si se mantiene la competencia de esta Sala, se remita nuevamente el expediente para continuar con el trámite del grado jurisdiccional de consulta en segunda instancia.
- Disponer que la Secretaría de la Sala remita el expediente al juzgado de primera instancia conforme a lo anterior.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en que la nulidad procesal alegada por la demandante se relaciona con actuaciones desarrolladas en primera instancia, sobre las cuales aún no existe pronunciamiento judicial. Por ello, la Sala Superior carece del presupuesto procesal necesario para resolver el grado jurisdiccional de consulta, ya que la eventual procedencia del incidente podría afectar la validez de dichas actuaciones, incluida la sentencia objeto de consulta. En consecuencia, corresponde que el juez de primera instancia conozca y resuelva inicialmente el incidente, en respeto a los principios de doble instancia, juez natural y debido proceso.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
La demandante promovió proceso ordinario laboral contra una empresa vinculada a la actividad de servicios generales, solicitando, entre otros aspectos, el reconocimiento de beneficios derivados de convenciones y pactos colectivos suscritos por la demandada desde 2010 hasta 2019, así como el reintegro laboral y el pago de prestaciones sociales y sanciones por incumplimientos en seguridad social.
Durante el trámite, la demandada y la empresa vinculada presentaron contestación y excepciones, negando la existencia de relación laboral directa y la obligación reclamadas. Se realizaron audiencias de conciliación, práctica de pruebas y alegatos de conclusión.
El juzgado de primera instancia profirió sentencia absolviendo a las demandadas de todas las pretensiones y condenando en costas a la parte demandante. Ante la adversidad, se ordenó el grado jurisdiccional de consulta ante la Sala Laboral del Tribunal Superior.
Posteriormente, la parte demandante promovió incidente de nulidad alegando vulneración del derecho al debido proceso y defensa, por confusión en las partes procesales, dificultades en el acceso a audiencias virtuales y retrasos en la conformación del expediente digital durante las actuaciones de primera instancia.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto deja en suspenso el trámite del grado jurisdiccional de consulta y ordena la devolución del expediente al juzgado de primera instancia para que tramite y resuelva el incidente de nulidad planteado. La decisión implica que:
- El juzgado de primera instancia deberá pronunciarse sobre la nulidad antes de que la Sala Superior continúe con el análisis de fondo en segunda instancia.
- Una vez resuelto el incidente y agotadas las actuaciones necesarias, el expediente deberá ser remitido nuevamente a la Sala para continuar con el trámite correspondiente.
Esta providencia garantiza que se respeten las etapas procesales y los derechos de las partes en el proceso laboral, asegurando la regularidad y legalidad del procedimiento antes de emitir un pronunciamiento definitivo en segunda instancia. De esta manera, se fortalece la confianza en la administración de justicia y se evita la posible nulidad de actuaciones que podrían afectar el resultado final del proceso.