Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, que revisa el fallo emitido por el Juzgado Civil del Circuito de Mocoa en un proceso de responsabilidad civil extracontractual derivado de un accidente fluvial.
Sentido de la decisión
- Se declara sin valor la sentencia anterior emitida en diciembre de 2022, siendo sustituida por la dictada en septiembre de 2024.
- Se niega la solicitud de declarar desierto el recurso de apelación formulado por los demandantes.
- Se reforman parcialmente las condenas por daño moral y se confirma la responsabilidad civil solidaria de la empresa transportadora, el conductor y la propietaria de la embarcación.
- Se absuelve a la aseguradora por las causales de exclusión vigentes en la póliza de seguro.
- Se condena en costas a la empresa transportadora, su conductor y la propietaria, y se absuelve a la aseguradora de las costas.
Razón principal de la decisión
El tribunal fundamenta su decisión en que:
- No se acreditaron las eximentes de responsabilidad alegadas por los demandados, tales como fuerza mayor, caso fortuito, hecho de un tercero o culpa exclusiva de la víctima.
- Se establece la presunción de responsabilidad derivada del ejercicio de una actividad peligrosa, en este caso el transporte fluvial.
- Se constató el incumplimiento de las normas de seguridad, específicamente el sobrecupo en la embarcación y la falta de exigencia del uso de chalecos salvavidas, lo que justifica la exclusión de responsabilidad de la aseguradora conforme a lo pactado en la póliza.
- Se valoraron las pruebas testimoniales y documentales aportadas, privilegiando aquellas que evidencian la responsabilidad de la empresa transportadora y la ausencia de cumplimiento de protocolos de seguridad.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
- El accidente ocurrió el 1º de mayo de 2018 cuando una embarcación fluvial afiliada a la empresa transportadora, propiedad de una tercera persona y conducida por su piloto, volcó en aguas del río Caquetá en un punto conocido como “Puerto Piro”.
- La víctima fatal, pasajero de la embarcación, pereció por sumersión.
- Los demandantes, cónyuge e hijos de la víctima, formularon acción de responsabilidad civil extracontractual contra la empresa transportadora, el conductor, la propietaria y la aseguradora que emitió una póliza de responsabilidad civil para la embarcación.
- Se cuestionó la existencia de eximentes de responsabilidad por parte de la empresa transportadora y sus representantes, así como la cobertura del seguro por parte de la aseguradora.
- Se realizó un proceso con varias audiencias, incluyendo la reconstrucción de pruebas debido a la pérdida de una grabación original.
Efectos jurídicos de la decisión
- Se confirma la condena solidaria a la empresa transportadora, su conductor y la propietaria de la embarcación para que paguen indemnizaciones por daño moral y daño a la vida de relación a la cónyuge e hijos de la víctima, en montos determinados en salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento del accidente y que serán indexados hasta el pago efectivo.
- Se absuelve a la aseguradora de toda responsabilidad civil y del llamamiento en garantía, con fundamento en las exclusiones pactadas en la póliza.
- Se condena solidariamente a los responsables civiles al pago de costas en primera y segunda instancia, incluyendo agencias en derecho, mientras que la aseguradora queda exenta de dichas costas.
- Se ordena la notificación y devolución del expediente al juzgado de origen para las actuaciones correspondientes.
La decisión constituye un precedente importante en materia de responsabilidad civil en el transporte fluvial, estableciendo con claridad las obligaciones de los transportadores y las limitaciones de cobertura de las aseguradoras cuando se incumplen normas básicas de seguridad. Asimismo, refuerza la protección jurídica de las víctimas y sus familiares frente a accidentes derivados de actividades consideradas peligrosas.