Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia analizada corresponde a un
auto proferido por la Sala Tercera de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en segunda instancia.
Sentido de la decisión
- Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto contra sentencia de primer grado por falta de sustentación en el plazo legal.
- Ordenar la devolución del expediente a la judicatura de origen, previo registro de egreso.
Razón principal de la decisión
La decisión se sustenta en que el apelante no cumplió con la obligación de sustentar los reparos concretos del recurso dentro del término de cinco días siguientes a la admisión del recurso, conforme al artículo 12 de la ley 2213 de 2022. El tribunal destacó que la sustentación anticipada no puede suplir la falta de presentación oportuna ante la instancia competente, según la interpretación literal de la norma y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional. Se consideró que la falta de sustentación en la segunda instancia implica la deserción del recurso, conforme a la sanción legal establecida.
Antecedentes fácticos y procesales
El recurso de apelación fue interpuesto contra una sentencia de primera instancia proferida por el juzgado civil del circuito. Tras admitir el recurso, el tribunal de segunda instancia fijó un plazo legal para que el apelante sustentara los reparos concretos. Sin embargo, el apelante guardó silencio durante ese término y no presentó la sustentación requerida. Previamente, el tribunal había advertido expresamente sobre la obligación de sustentación en el plazo previsto. En consecuencia, el tribunal resolvió declarar desierto el recurso por incumplimiento de esta carga procesal.
Efectos jurídicos
- El auto produce efectos vinculantes para las partes en el proceso respecto a la deserción del recurso de apelación.
- Se ordena la devolución del expediente a la judicatura de origen, lo que implica que la sentencia de primera instancia queda en firme por la vía de la deserción del recurso.
- Refuerza la aplicación estricta del procedimiento establecido por la ley 2213 de 2022 para la sustentación de recursos en segunda instancia.
En conclusión, esta decisión del Tribunal Superior de Villavicencio enfatiza la importancia de cumplir con las formalidades procesales establecidas para la sustentación de recursos de apelación, reafirmando la necesidad de respetar los plazos legales para evitar la deserción del recurso y la consiguiente firmeza de las sentencias de primera instancia.