Uso y protección de datos personales en víctimas de accidentes de tránsito
El Ministerio de Salud y Protección Social respondió a una consulta relacionada con el presunto uso indebido de datos personales de pacientes víctimas de accidentes de tránsito y actuaciones atribuidas a aseguradoras del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). La preocupación central gira en torno a posibles llamadas indebidas, solicitudes de información, amenazas, acoso y transferencia de datos sin autorización.
De acuerdo con la Ley Estatutaria 1581 de 2012, que regula la protección de datos personales, toda recolección, uso, circulación o transferencia de datos debe realizarse con autorización previa, expresa e informada del titular. En particular, los datos relativos a la salud son considerados datos sensibles y requieren un régimen reforzado de protección. Sólo en ciertos casos específicos, como urgencias médicas o por mandato judicial, puede omitirse esta autorización.
La Resolución 1236 de 2023 establece los procedimientos para reclamaciones, auditorías y pagos relacionados con servicios de salud e indemnizaciones derivadas de accidentes de tránsito y otros eventos, pero no autoriza el tratamiento de datos personales fuera del marco legal establecido.
El Ministerio aclara que no autoriza comunicaciones directas de las aseguradoras con los pacientes ni transferencias de datos no autorizadas. Cualquier contacto o tratamiento de información debe respetar los principios de legalidad, finalidad, libertad, seguridad y confidencialidad establecidos en la ley.
Orientación sobre autoridades competentes
Dado que el Ministerio no es competente para investigar o sancionar conductas individuales relacionadas con el presunto uso indebido de datos o acoso, se recomienda a los afectados acudir a las autoridades correspondientes. Para infracciones en protección de datos, la Superintendencia de Industria y Comercio es la entidad indicada para recibir quejas. En casos relacionados con aseguradoras, la Superintendencia Financiera de Colombia tiene competencia para actuar. Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud supervisa la prestación de servicios de salud y puede intervenir en caso de irregularidades en la atención a las víctimas.
Finalmente, si se sospecha la comisión de delitos, la Fiscalía General de la Nación debe ser informada para que investigue y ejerza la acción penal correspondiente.
Este pronunciamiento tiene carácter orientador y no resuelve casos particulares ni impone sanciones, pero ratifica la importancia de respetar el marco jurídico vigente para el tratamiento de datos personales y sensibles, especialmente en contextos delicados como la atención a víctimas de accidentes de tránsito, garantizando así sus derechos fundamentales y la integridad de su información.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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