Documentos incluidos en la Gaceta 1460
- Proyecto de Ley número 364 de 2026 Cámara: regulación del uso de inteligencia artificial en el sector defensa.
- Proyecto de Ley número 366 de 2026 Cámara: establecimiento de objetivos y criterios para prevenir riesgos sistémicos derivados de dependencias críticas de inteligencia artificial en la actividad financiera, bursátil y aseguradora.
Proyecto de Ley 364 de 2026 Cámara: Regulación de inteligencia artificial en defensa
Este proyecto tiene por objeto establecer un marco jurídico para el diseño, desarrollo, adquisición, prueba, despliegue, supervisión y uso de sistemas de inteligencia artificial en el sector defensa, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y las actividades estatales de seguridad. Se busca garantizar el control humano significativo, la protección de los derechos humanos y el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario.
El proyecto define conceptos clave como sistemas de inteligencia artificial en defensa, sistemas de armas autónomas, sistemas semiautónomos asociados al uso de la fuerza y sistemas de alto riesgo. Establece principios que deben regir el uso de estos sistemas, entre los cuales se incluyen dignidad humana, legalidad, necesidad, proporcionalidad, distinción, precaución, control humano significativo, responsabilidad de mando, trazabilidad, seguridad y prevención del sesgo de automatización.
Se prohíbe de manera absoluta el diseño, fabricación, adquisición, uso y comercialización de sistemas de armas autónomas, incluyendo aquellos que empleen fuerza letal o no letal. Además, se establecen prohibiciones especiales sobre el uso de inteligencia artificial para ejecutar fuerza letal autónoma, vigilancia masiva, perfilamiento discriminatorio y uso de sistemas no trazables o entrenados con datos ilegales.
El proyecto distingue usos permitidos de bajo o mediano riesgo, tales como logística, mantenimiento predictivo, simulación, medicina operacional, desminado humanitario y ciberdefensa defensiva. Por otro lado, define los sistemas de alto riesgo que requieren autorización estricta previa del Ministerio de Defensa Nacional, incluyendo sistemas de vigilancia biométrica, drones semiautónomos y sistemas aplicados a inteligencia o ciberoperaciones que puedan afectar derechos fundamentales.
Se crea el Sistema de Gobernanza de Inteligencia Artificial en Defensa y Seguridad, coordinado por el Ministerio de Defensa Nacional, y un Comité Técnico de Revisión encargado de emitir conceptos técnicos, jurídicos y operacionales para la autorización y supervisión de sistemas de alto riesgo. Asimismo, se establece el Registro Nacional Reservado de Sistemas de Inteligencia Artificial en Defensa y Seguridad para el control y seguimiento de estos sistemas.
El proyecto regula aspectos relacionados con el control humano significativo, la bitácora obligatoria para sistemas de alto riesgo, la capacitación de operadores y supervisores, interfaces humano-máquina y mecanismos de transparencia y reporte semestral al Congreso.
En materia de proveedores privados y contratación estatal, se imponen obligaciones relativas a la información sobre capacidades y limitaciones de los sistemas, trazabilidad, auditoría, seguridad de la información y prohibición expresa de sistemas no auditables o de armas autónomas. Se regula la industria militar estatal y se establecen prohibiciones y autorizaciones para la importación, exportación y transferencia de tecnologías de uso dual.
Finalmente, se disponen reglas sobre responsabilidad humana y de mando, reporte de incidentes relevantes, sanciones contractuales y administrativas, y se modifica el Código Penal para incluir las sanciones correspondientes a la fabricación, tráfico y uso de sistemas de armas autónomas. El proyecto prevé la reglamentación en un plazo de doce meses desde su promulgación, fija disposiciones sobre inventario inicial, transición y vigencia.
Proyecto de Ley 366 de 2026 Cámara: Prevención de riesgos sistémicos por dependencias críticas de IA en actividad financiera
Este proyecto establece normas generales, objetivos y criterios para que el Gobierno nacional prevenga y gestione riesgos sistémicos derivados de dependencias críticas de inteligencia artificial en entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia en actividades financiera, bursátil y aseguradora.
Define sistema de inteligencia artificial y dependencia crítica, entendiendo esta última como aquella cuya indisponibilidad o alteración pueda comprometer funciones esenciales sin alternativas efectivas de continuidad o sustitución en tiempos compatibles.
Se establecen objetivos de intervención orientados a prevenir propagación de fallas, aplicar exigencias proporcionales según criticidad y capacidad operativa, preservar la responsabilidad de órganos de administración de las entidades vigiladas, aplicar neutralidad tecnológica, integrar medidas a sistemas de gestión de riesgos y respetar protección de datos, reservas legales y debido proceso.
El Gobierno nacional deberá establecer criterios para que las entidades identifiquen y mantengan actualizada la información sobre sus dependencias críticas, responsables de gestión, proveedores y subproveedores materiales, incluyendo evaluación de exposiciones comunes y concentración.
Se disponen criterios para pruebas de resiliencia que incorporen escenarios de interrupción, degradación y fallas simultáneas, así como para estrategias de continuidad, recuperación y sustitución. Se regulan aspectos contractuales y de gestión de terceros para asegurar niveles de servicio, notificación de incidentes y cooperación para transición ordenada.
El proyecto prevé criterios para reporte oportuno de incidentes materiales que puedan comprometer funciones esenciales y para la supervisión por parte de la Superintendencia Financiera, manteniendo las medidas dentro de atribuciones legales y principios de necesidad y proporcionalidad.
Finalmente, establece un plazo de doce meses para el desarrollo reglamentario, con plazos diferenciados para adecuación y reconocimiento de controles existentes. Rige a partir de su promulgación y deroga normas que le sean contrarias.
Estado procesal y consideraciones generales
Ambos proyectos se encuentran radicados en la Cámara de Representantes y están sujetos a trámite legislativo conforme a la ley. La Gaceta registra sus exposiciones de motivos, articulados y fundamentación jurídica, sin hacer referencia a debates o votaciones posteriores.
Los proyectos no crean entidades nuevas ni ordenan apropiaciones presupuestales específicas, sino que se articulan con las competencias existentes del Ministerio de Defensa Nacional y la Superintendencia Financiera de Colombia respectivamente.
Asimismo, se incluye análisis sobre conflicto de intereses, señalando que la regulación es de carácter general y abstracto, no configurando conflicto salvo que concurra beneficio particular, actual y directo para congresistas o sus allegados.
Ambas iniciativas buscan establecer marcos jurídicos para el uso responsable de inteligencia artificial en sectores estratégicos, delimitando prohibiciones, autorizaciones, responsabilidades y mecanismos de control institucional y técnico. Con su aprobación, se espera fortalecer la seguridad, la transparencia y la estabilidad en los sectores defensa y financiero, adaptando el marco normativo a los avances tecnológicos y los riesgos emergentes asociados a la inteligencia artificial.