Documentos contenidos en la Gaceta 1464
- Proyecto de Ley Estatutaria número 385 de 2026 Cámara: Ley Estatutaria del Campesinado.
- Proyecto de Ley número 390 de 2026 Cámara: Adición a la Ley 1437 de 2011 para garantizar control humano significativo en decisiones administrativas con uso de inteligencia artificial.
- Proyecto de Ley número 403 de 2026 Cámara: Modificación a la Ley 2112 de 2021 para fortalecer el emprendimiento y escalamiento del tejido empresarial nacional mediante cambios en la inversión de fondos de pensiones.
Proyecto de Ley Estatutaria número 385 de 2026 Cámara
Este proyecto desarrolla el artículo 64 de la Constitución Política, reconociendo al campesinado como sujeto político de derechos y de especial protección por parte del Estado, en atención a su relación particular con la tierra y la producción agroalimentaria.
El proyecto establece:
- Objeto: Desarrollo del artículo 64 constitucional y reconocimiento de derechos diferenciados para campesinos y campesinado.
- Definiciones: Se define "campesino" como persona que se dedica a la producción agrícola en pequeña escala para subsistencia o comercio, con vínculo especial con la tierra.
- Ámbito de aplicación: Aplica a personas y comunidades campesinas en todo el territorio nacional, incluyendo trabajadores asalariados en actividades agrícolas y conexas.
- Dimensiones del campesinado: Económica, social, cultural, política, ambiental y territorial, que informan la aplicación de la ley.
- Derechos: Se consagran derechos específicos, entre ellos igualdad, libre determinación, acceso a recursos naturales y tierra, derecho a semillas, asociatividad, educación, cultura campesina, participación en políticas públicas, información y alimentación.
- Deberes del Estado: Respeto y protección, garantía, diferenciación, no discriminación, armonización normativa, asistencia e información hacia campesinos y campesinado.
- Disposiciones complementarias: Protección en zonas de frontera, diseño de política pública rural para superar brechas, progresividad de derechos y prevalencia interpretativa de la ley.
- Vigencia: Regirá a partir de su promulgación y derogará disposiciones contrarias.
La exposición de motivos explica que el proyecto responde a mandatos constitucionales y normativos internacionales para proteger a esta población, describiendo antecedentes legislativos y sociales. Se presenta el proyecto para iniciar el trámite legislativo correspondiente conforme a lo previsto en la Ley 5ª de 1992.
Proyecto de Ley número 390 de 2026 Cámara
Este proyecto adiciona a la Ley 1437 de 2011 disposiciones que garantizan el control humano significativo en decisiones administrativas que utilicen inteligencia artificial con incidencia material.
Principales aspectos:
- Objeto: Reservar ciertas decisiones administrativas a la autoridad humana competente y establecer deberes de verificación, información, conservación de evidencia, contradicción y motivación cuando se utilice inteligencia artificial.
- Ámbito: Decisiones sobre responsabilidad administrativa, sanciones, suspensión o revocación de licencias, medidas provisionales restrictivas y resolución de recursos administrativos relacionados.
- Control humano significativo: Se define como el ejercicio informado, efectivo y previo de la competencia decisoria que permite comprender, verificar y apartarse de resultados de sistemas de inteligencia artificial.
- Información y contradicción: La autoridad debe informar de oficio al interesado sobre el uso de IA, explicar su función y resultados relevantes, garantizando oportunidad efectiva para controvertir antes de la decisión final.
- Conservación de evidencia: Se deben incorporar al expediente los resultados de IA utilizados, con datos e instrucciones relevantes y constancias de verificación humana para permitir reconstrucción del proceso.
- Motivación: La decisión debe exponer la incidencia material de la IA, las verificaciones humanas y resoluciones a objeciones, sin que la reproducción automática de resultados sustituya la motivación.
- Vigencia: Rige desde su promulgación y deroga disposiciones contrarias.
La exposición de motivos presenta antecedentes normativos y jurisprudenciales, incluyendo la Sentencia T-323 de 2024 de la Corte Constitucional sobre uso de IA en decisiones judiciales. También analiza el marco constitucional y legal aplicable, así como referencias comparadas con normativas internacionales de la Unión Europea.
Proyecto de Ley número 403 de 2026 Cámara
Este proyecto modifica el artículo 2º de la Ley 2112 de 2021, que a su vez adecua el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, para fortalecer la financiación del emprendimiento nacional y la recuperación del tejido empresarial en territorios afectados por la ola invernal y el terremoto de 2026.
Contenido principal:
- Modificación: Incrementa del 3% al 7.5% el porcentaje mínimo de recursos de los fondos de pensiones que deben invertirse en fondos de capital privado y/o deuda privada, siempre que se destinen a empresas o proyectos productivos colombianos.
- Parágrafo transitorio: Hasta 2036, el porcentaje mínimo será del 10%, destinando el diferencial del 2.5% a inversiones en territorios afectados por desastres recientes, conforme a reglamentación del Gobierno nacional.
- Exclusiones: No se considerarán inversiones en empresas extractivas del sector minero energético ni vinculadas a administradoras de fondos de pensiones o grupos financieros asociados, salvo proyectos de infraestructura bajo condiciones específicas.
- Vigencia: La ley regirá desde su publicación y derogará disposiciones contrarias.
La exposición de motivos detalla antecedentes legislativos, el contexto fiscal del país, composición e inversiones actuales de los fondos de pensiones, y la situación del tejido empresarial. Incluye análisis estadísticos sobre inversión en Colombia y en el exterior, así como la estructura del portafolio y la industria de fondos de capital privado.
Estado procesal
Los proyectos se encuentran radicados en la Cámara de Representantes y sometidos a consideración para iniciar el trámite legislativo conforme a lo establecido en la Ley 5ª de 1992 y demás disposiciones aplicables. La Gaceta no registra discusiones ni votaciones posteriores, por lo que se espera que en las próximas sesiones se avance en su estudio y posible aprobación. Estas iniciativas reflejan un interés legislativo en fortalecer la protección de derechos de sectores vulnerables, regular el uso de tecnologías emergentes en la administración pública y promover el desarrollo económico a través de la inversión en el tejido empresarial nacional.