Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “D”, en primera instancia.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Admitir la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos sancionatorios emitidos por la Policía Nacional.
- Disponer las notificaciones correspondientes a las partes interesadas y al Ministerio Público.
- Ordenar el traslado de la demanda por treinta (30) días para que la entidad demandada aporte el expediente administrativo y demás documentos requeridos.
- Reconocer la personería para actuar como apoderada judicial al abogado que representa al demandante, en los términos del poder conferido.
Razón principal de la decisión
El tribunal fundamenta su decisión en la competencia para conocer del asunto, conforme al numeral 23 del artículo 152 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece que los actos que imponen sanciones disciplinarias de suspensión e inhabilidad especial son competencia del tribunal en primera instancia. Además, verificó el cumplimiento de los requisitos procesales y formales exigidos para la admisión de la demanda, tales como la presentación del poder, la designación correcta de las partes, la copia de los actos administrativos demandados y la realización del traslado previo a la contraparte.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra tres actos administrativos expedidos por la Policía Nacional:
- Fallos disciplinarios de primera y segunda instancia que impusieron sanción de destitución e inhabilidad general por diez años.
- Resolución que ordenó la ejecución de la sanción disciplinaria.
Inicialmente, el Juzgado 24 Administrativo del Circuito de Bogotá declaró su falta de competencia para conocer del asunto y remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, conforme a las disposiciones legales aplicables.
Efectos jurídicos de la providencia
La admisión de la demanda implica que el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho continuará su trámite ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Se ordenan las siguientes actuaciones:
- Notificación de la demanda a las entidades demandadas y al Ministerio Público, mediante los canales electrónicos establecidos en la normativa vigente.
- Entrega del expediente administrativo y la hoja de vida del demandante por parte de las entidades demandadas durante el término del traslado.
- Reconocimiento formal de la representación judicial del demandante.
El incumplimiento en la entrega de los documentos requeridos será considerado falta disciplinaria grave para el funcionario encargado.
Notifíquese y cúmplase.