Naturaleza de la providencia e instancia
Se trata de un auto proferido por un Tribunal Administrativo en segunda instancia, que resuelve sobre la admisión de un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de primera instancia dictada por un juzgado administrativo transitorio.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de primera instancia.
- Informar a las partes que podrán pronunciarse sobre el recurso hasta que el auto quede en firme.
- Ordenar la notificación personal al Agente del Ministerio Público y por estado a las demás partes procesales.
- Establecer que el Agente del Ministerio Público podrá emitir concepto desde la admisión del recurso hasta antes de que el proceso sea remitido para sentencia.
- Disponer que todos los escritos que se presenten durante el trámite deberán ser radicados exclusivamente a través de la plataforma electrónica y el correo de la Secretaría correspondiente, con copia a los sujetos procesales.
Razón principal de la decisión
La admisión del recurso de apelación se fundamentó en el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que modificó el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Se verificó que el recurso fue interpuesto dentro del término legal, que el apoderado contaba con poder vigente y que la sentencia impugnada era condenatoria. Además, no se solicitó audiencia de conciliación ni se propuso fórmula conciliatoria, por lo que no fue necesaria su realización. Tampoco se solicitó práctica de pruebas en segunda instancia, por lo que no se otorgó traslado para alegatos de conclusión.
Antecedentes relevantes
El recurso de apelación fue presentado en contra de una sentencia proferida el 25 de junio de 2026 por un juzgado administrativo transitorio, relacionada con la bonificación judicial establecida en el Decreto 383 de 2013. La parte demandada interpuso el recurso dentro del plazo legal tras la notificación de la sentencia.
Efectos jurídicos
El auto vincula a las partes en el trámite del recurso de apelación, habilitando la etapa de impugnación y estableciendo las reglas para su desarrollo. La admisión del recurso implica que el proceso continuará en segunda instancia para el estudio del fondo. Se ordena la notificación correspondiente para garantizar el derecho de defensa y se regula la presentación de escritos mediante canales electrónicos oficiales.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.