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Consejo de Estado confirma inadmisión de recursos extemporáneos en caso SITP

Proviene de: Sentencias

19 de mayo de 2025 11:11:55

Antecedentes y contexto del caso

La acción judicial fue iniciada por dos sociedades comerciales que demandaron al Distrito Capital de Bogotá, a la Secretaría Distrital de Movilidad, a la Secretaría Distrital de Hacienda, a la empresa de transporte público y a la Superintendencia de Puertos y Transporte, reclamando perjuicios causados por supuestas omisiones que afectaron la implementación del SITP. Durante el trámite, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió un auto que negó ciertas pruebas y excepciones, y fue objeto de recursos de apelación por las partes involucradas. Posteriormente, se presentó controversia sobre la oportunidad de los recursos de apelación interpuestos por la empresa de transporte público y la Secretaría Distrital de Movilidad, los cuales fueron declarados extemporáneos por el tribunal, con base en la notificación por estado electrónico y los términos legales aplicables. La empresa de transporte interpuso recurso de reposición y subsidiario de súplica contra esta decisión.

Fundamentos jurídicos de la decisión

El Consejo de Estado recordó que los recursos deben regirse por la ley vigente al momento de su interposición y que, en este caso, los términos están regulados por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Decreto Legislativo 806 de 2020. Se enfatizó que la notificación por estado electrónico es distinta de la notificación por medios electrónicos y que el envío de un correo fuera del horario judicial tiene efectos informativos pero no modifica los términos procesales. Por ello, los recursos presentados después del vencimiento del plazo legal deben ser inadmitidos. Sobre el principio de confianza legítima, el Consejo aclaró que...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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