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La Corte Constitucional rechaza recurso de súplica contra auto que rechazó demanda de inconstitucionalidad de la Ley 2354 de 2024

Proviene de: Sentencias

27 de mayo de 2025 20:57:11

Antecedentes del caso

En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, un ciudadano presentó demanda contra la Ley 2354 de 2024, la cual modifica el artículo 1° de la Ley 1335 de 2009 para regular el consumo, venta, publicidad y promoción de cigarrillos, productos de tabaco y sus derivados, incluyendo sistemas electrónicos de administración de nicotina y productos similares. La demanda alegaba que la ley fue promulgada sin evidencia clara de la sanción presidencial, cuestionando la validez del proceso de formación de la norma y señalando que dicha omisión generaría incertidumbre jurídica. La magistrada sustanciadora inadmitió la demanda inicialmente por falta de certeza y suficiencia argumentativa, señalando que el presidente de la República sí sancionó la ley, hecho evidenciado con la firma presidencial y de ministros en el Diario Oficial. Posteriormente, tras la corrección de la demanda, esta fue rechazada por las mismas razones, confirmando que no existía fundamento para la supuesta ausencia de sanción presidencial.

El recurso de súplica y las consideraciones de la Sala Plena

El recurrente presentó recurso de súplica contra la providencia de rechazo, argumentando una interpretación diferente del control constitucional y cuestionando el procedimiento de sanción y vigencia de la ley. Sin embargo, la Sala Plena destacó que el recurso debía limitarse a controvertir los argumentos del auto de rechazo y no a introducir nuevos planteamientos o disertaciones teóricas sobre el control de constitucionalidad. En el análisis, la Corte constató que el recurso no cumplió con el requisito de carga argumentativa, pues no aportó razones suficientes para demostrar un error, olvido o arbitrariedad en el...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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