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Tribunal administrativo revoca rechazo de demanda por fallas en notificación electrónica

Proviene de: Sentencias

27 de mayo de 2025 21:20:15

El caso se originó cuando una sociedad en reorganización presentó una demanda contra la DIAN, impugnando una liquidación oficial por retención en la fuente. El juzgado de primera instancia inadmitió inicialmente la demanda por no contener una pretensión expresa de restablecimiento del derecho y concedió un término para subsanar esta omisión. Sin embargo, la sociedad no presentó el escrito de subsanación dentro del plazo legal, por lo que el juzgado rechazó la demanda. La apelación de la sociedad argumentó que la notificación electrónica del auto inadmisorio no se envió a la dirección de correo electrónico correcta, lo que impidió presentar la subsanación oportunamente.

Fallas en la notificación electrónica

Al analizar el caso, el Tribunal Administrativo constató que el auto inadmisorio fue notificado por estado electrónico, pero no se remitió el mensaje de datos al correo electrónico informado por la parte demandante, tal como exige el artículo 201 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El Tribunal destacó que para la correcta notificación por estado electrónico es indispensable enviar un mensaje de datos el mismo día de la notificación, a fin de garantizar la publicidad y efectividad de la providencia. La omisión de esta comunicación afectó el derecho de la sociedad a presentar la subsanación dentro del término legal.

Decisión y consecuencias

Por lo anterior, la Sala revocó el auto que rechazó la demanda y ordenó notificar debidamente el auto inadmisorio a la parte actora. Además, se indicó que el expediente debe ser devuelto al juzgado de origen para continuar con el trámite correspondiente. Esta decisión resalta...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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