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La Corte Suprema protege el debido proceso en disputa por posesión de inmueble

Proviene de: Sentencias

28 de junio de 2025 1:12:40

Antecedentes del caso

La controversia se originó cuando una corporación presentó una querella policiva por perturbación a la posesión de un predio conocido como Globo 8, tras la entrada no autorizada de varias personas que causaron daños y alteraciones. La Inspección de Policía emitió una resolución declarando a ciertos individuos como perturbadores de la posesión y amparó la posesión de la corporación sobre el inmueble, ordenando el mantenimiento del statu quo mientras un juez ordinario decidía sobre la titularidad del bien. Posteriormente, las personas señaladas como perturbadoras presentaron demanda ante la jurisdicción civil para que se reconociera su posesión legítima sobre el predio, alegando prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio por más de 20 años. El juzgado admitió la demanda y decretó una medida cautelar que suspendía cualquier desalojo hasta que la jurisdicción ordinaria resolviera el asunto.

Decisiones judiciales y tutela

La corporación interpuso acción de tutela argumentando que las decisiones judiciales que suspendían el desalojo desconocían órdenes previas de la autoridad policial y violaban sus derechos fundamentales. Sin embargo, la Corte Suprema encontró que la Sala Civil del Tribunal Superior incurrió en defectos orgánicos, procedimentales y sustantivos al privar de efectos una decisión legítima de la autoridad policial, desconociendo el carácter jurisdiccional de las decisiones en procesos verbales de perturbación a la posesión y la normativa vigente. La Corte recordó que el amparo de la posesión emitido por la autoridad de policía es una medida precaria y provisional destinada a mantener el statu quo hasta que el juez ordinario decida sobre la titularidad de los derechos reales. Además, aclaró que...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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