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DIAN ajusta obligaciones de reporte en el Registro Único de Beneficiarios Finales para organismos de acción comunal

Proviene de: Resoluciones

2 de febrero de 2026 22:38:23

Entidad emisora y contexto normativo

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió la Resolución número 000004 el 30 de enero de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.384. Esta norma modifica disposiciones contenidas en la Resolución única número 000227 de 2025, que compila la regulación tributaria, aduanera y cambiaria bajo competencia de la entidad. El ajuste se da en cumplimiento de las facultades legales conferidas por el Decreto 1742 de 2020 y el Estatuto Tributario, en particular los artículos 631-5 y 631-6, y busca actualizar la aplicación práctica del registro de beneficiarios finales conforme a recomendaciones internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Tema principal y destinatarios

El asunto central de la resolución es la regulación del deber de identificar, conservar, suministrar y actualizar la información sobre beneficiarios finales en el RUB, específicamente en relación con los organismos de acción comunal. Estos organismos, reconocidos por la Ley 2166 de 2021 como estructuras sociales y comunitarias con personería jurídica, estaban inicialmente sujetos a la obligación de reporte sin distinción, lo que generó dificultades para su cumplimiento dadas sus características y condiciones territoriales. El destinatario principal de esta resolución es el conjunto de organismos de acción comunal que operan en Colombia, incluyendo Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunal, entre otros. Su relevancia radica en su amplia cobertura geográfica y su función social comunitaria, así como en las particularidades que afectan su acceso a medios tecnológicos y canales presenciales para cumplir con obligaciones formales.

Objetivo y finalidad de la resolución

El propósito fundamental...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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