Tribunal Superior de Neiva confirma despido con justa causa en proceso laboral ordinario
Proviene de: Sentencias
23 de abril de 2026 22:42:37
Contexto y antecedentes procesales
La Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Neiva conoció en grado jurisdiccional de consulta un proceso ordinario laboral iniciado por un trabajador contra una sociedad comercial dedicada a la construcción. El demandante solicitó que se reconociera la existencia de un contrato laboral a término fijo entre enero y abril de 2016 y que se condenara a la empresa al pago de prestaciones sociales correspondientes al período posterior al despido, ocurrido el 22 de febrero de 2016. Además, reclamó la sanción moratoria prevista en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), así como las costas del proceso.
El Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva, en sentencia de septiembre de 2020, declaró la existencia del contrato a término fijo, pero absolvió a la empresa de todas las pretensiones del trabajador, concluyendo que el despido se había realizado con justa causa y condenó en costas a la parte actora. La decisión fue consultada a segunda instancia.
Razones de la decisión del Tribunal Superior
El Tribunal analizó si la terminación del contrato sin el pago de prestaciones y sin indemnización fue adecuada y ajustada al derecho. Se constató que no existía controversia sobre la existencia del contrato laboral en el período señalado ni sobre la fecha de despido mediante carta fechada el 22 de febrero de 2016, en la que se argumentó como motivo el detrimento e incumplimiento en las labores asignadas.
La Sala examinó la naturaleza jurídica del despido, distinguiendo entre la terminación con justa causa prevista en el artículo 62 del CST y el despido...
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