Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado admite recurso de apelación en caso de reparación colectiva contra Municipio de Dagua y Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca

Proviene de: Sentencias

13 de mayo de 2026 0:7:15

Contexto y tribunal competente

La providencia judicial se emitió en Bogotá, D.C., por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, subsección A, en segunda instancia, con ocasión del recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. La decisión versa sobre una demanda de reparación colectiva presentada contra el Municipio de Dagua y la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca.

Antecedentes fácticos y procesales

El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca había resuelto el 17 de junio de 2022 negar las pretensiones de la demanda que solicitaba la reparación de perjuicios causados a un grupo específico, además de condenar en costas a los demandantes. Contra esta sentencia, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de los términos legales previstos. Posteriormente, el Consejo de Estado requirió al tribunal de primera instancia la remisión completa del expediente digital para proceder con el análisis del recurso. En cumplimiento de la normativa aplicable, se reconoció personería adjetiva a los abogados que representan al Municipio de Dagua y a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca.

Consideraciones y fundamentos de la providencia

El auto del Consejo de Estado admite el recurso de apelación al constatar que se cumplen los presupuestos de procedencia, oportunidad y sustentación establecidos en los artículos 321 y 322 del Código General del Proceso. Asimismo, se destaca la importancia de garantizar el acceso al expediente digital a todos los sujetos procesales, requiriéndoles que soliciten su registro en el sistema de gestión judicial Samai para facilitar el trámite. Se resalta que, conforme al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, dentro del término de ejecutoria del auto que admite la apelación, las partes podrán solicitar la práctica de pruebas, las cuales serán decretadas únicamente en los casos previstos en el artículo 327 del Código General del Proceso. Además, el Consejo de Estado notificará personalmente el contenido del auto al Ministerio Público, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011, garantizando así la participación activa del ente en la etapa de apelación.

Implicaciones procesales

Esta admisión del recurso de apelación implica que el proceso continuará su trámite en segunda instancia, permitiendo una revisión integral de la sentencia de primera instancia. La providencia también establece medidas para asegurar la transparencia y el acceso a la información procesal, mediante la utilización de plataformas digitales oficiales.
Elemento Detalles
Tribunal que profiere la providencia Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, subsección A (segunda instancia)
Sentencia apelada Sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca del 17 de junio de 2022
Materia Reparación de perjuicios causados a un grupo
Demandados Municipio de Dagua y Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Normativa aplicable Código General del Proceso, Ley 1437 de 2011, Ley 2080 de 2021, Ley 2213 de 2022
Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con la justicia y el debido proceso, garantizando que los derechos de las partes involucradas sean debidamente valorados en todas las instancias. El trámite continuará conforme a lo establecido, asegurando la transparencia y el acceso a la información para todos los actores procesales, lo que fortalece la confianza en el sistema judicial.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias