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Consejo de Estado ordena devolución de expediente para resolver recurso de apelación en caso contra Superintendencia de Puertos y Transporte

Proviene de: Sentencias

26 de mayo de 2026 22:55:37

Contexto y tribunal de origen

La providencia fue proferida por el Consejo de Estado, Sección Primera de lo Contencioso Administrativo, en el marco de un proceso iniciado en primera instancia ante el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, Despacho núm. 011. La demanda fue presentada por una sociedad portuaria regional contra la Superintendencia de Puertos y Transporte, buscando la nulidad de la Resolución núm. 9626 del 24 de septiembre de 2019 y, subsidiariamente, la nulidad de actos administrativos previos que impusieron una sanción económica.

Antecedentes procesales

La sociedad demandante inició el proceso el 7 de julio de 2020. Tras la tramitación correspondiente, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca emitió sentencia el 23 de julio de 2025, declarando la nulidad de las resoluciones impugnadas y ordenando la devolución de las sumas pagadas por concepto de sanción, con actualización y reconocimiento de intereses moratorios. Posteriormente, mediante sentencia complementaria del 12 de noviembre de 2025, el mismo tribunal aclaró y adicionó aspectos relacionados con la devolución de dinero y corrigió errores formales en la sentencia inicial. La Superintendencia de Puertos y Transporte interpuso recursos de apelación contra ambas sentencias, los cuales fueron concedidos por el Tribunal. El expediente fue remitido al Consejo de Estado para su conocimiento y decisión definitiva.

Consideraciones de la providencia

El Consejo de Estado advirtió que el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca únicamente concedió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia complementaria, sin pronunciarse expresamente sobre el recurso contra la sentencia principal. Esto genera una situación procesal en la que el análisis del recurso de apelación...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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