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Proyecto de Resolución del Ministerio de Vivienda para Apoyo Financiero en Arrendamiento Social de Vivienda Transitoria por Estado de Emergencia

Proviene de: Proyectos de Resolución

22 de junio de 2026 15:19:11

Propósito y Objetivo del Proyecto

El proyecto de resolución tiene como propósito general establecer las condiciones, requisitos y procedimientos para la asignación de un apoyo financiero destinado al arrendamiento social de vivienda con carácter transitorio. Su objetivo principal es facilitar una solución habitacional inmediata y temporal para los hogares afectados por el Frente Frío de 2026, declarado como Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Esta iniciativa busca fortalecer la capacidad institucional del Estado para responder de forma eficaz a la crisis habitacional, asegurando la protección social y el derecho a una vivienda digna durante el periodo de emergencia.

Nuevas Disposiciones y Mecanismos Propuestos

El proyecto introduce un mecanismo de transferencia monetaria humanitaria condicionada, cuyo monto máximo será de hasta el 40% de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) por hogar, durante un término inicial de tres meses, prorrogables una sola vez por igual periodo, siempre que el beneficiario haya iniciado trámites para acceder a una solución habitacional definitiva. Esta ayuda es de carácter temporal, excepcional y no sustituye otros subsidios o ayudas humanitarias existentes. El apoyo financiero se operacionalizará a través del Programa “Semillero de Propietarios” y contempla dos modalidades:
  • Apoyo financiero de arriendo transitorio: para hogares en alojamientos temporales que requieren una solución independiente de vivienda temporal.
  • Apoyo financiero de arriendo solidario: para hogares alojados en viviendas de familiares o terceros, con condiciones de habitabilidad adecuadas.
Además, el proyecto establece una flexibilización en los requisitos ordinarios de postulación, titulación, ahorro o focalización en el marco de la emergencia, permitiendo que la identificación en censos oficiales sea suficiente para la asignación del apoyo.

Medidas Específicas y Procedimientos

Entre las medidas propuestas se incluyen:
  • La focalización del apoyo a hogares registrados en el Registro Único de Damnificados (RUD) de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), ubicados en departamentos afectados y clasificados en los grupos A y B del Sisbén, con ingresos inferiores a cuatro SMMLV.
  • La verificación y habilitación de los hogares postulantes por parte de la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
  • La presentación obligatoria de un contrato de arrendamiento que cumpla con los requisitos mínimos legales y urbanísticos.
  • El desembolso mensual de los recursos directamente al arrendador o arrendatario, según la modalidad de apoyo, condicionado a la presentación de documentos que acrediten la permanencia y pago del canon de arrendamiento.
  • El establecimiento de causales de cesación anticipada del apoyo, tales como falsedad en la información, acceso a vivienda definitiva, incumplimiento contractual o agotamiento de recursos.
  • La implementación de un seguimiento técnico, financiero y administrativo continuo por parte del Ministerio para garantizar la correcta ejecución del programa.

Impacto y Alcance Potencial

Este proyecto tiene un impacto significativo en los sectores más vulnerables afectados por el Frente Frío en departamentos como Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. Promueve la protección del derecho a la vivienda digna y contribuye a la estabilización social durante la emergencia, evitando la generación de dependencia por parte de los beneficiarios. Además, fortalece la articulación entre entidades nacionales y territoriales para la atención coordinada y eficiente de la crisis habitacional.

Actores Clave Involucrados

Los principales actores involucrados en la implementación son:
  • El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, responsable de formular y dirigir las políticas y la regulación del programa.
  • El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), encargado de la administración presupuestal y la asignación del apoyo financiero.
  • La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), encargada del registro de damnificados y coordinación en emergencias.
  • Las autoridades municipales, responsables de emitir conceptos urbanísticos y habilitar alojamientos temporales.
  • Los hogares damnificados que cumplen con los requisitos establecidos para acceder al apoyo.
Este proyecto de resolución busca establecer un marco normativo claro y flexible que facilite la atención inmediata y eficaz a las víctimas del desastre natural, garantizando un apoyo financiero transitorio para el arrendamiento social de vivienda y contribuyendo así a la mitigación de los efectos socioeconómicos derivados del Frente Frío de 2026. Se espera que, una vez aprobado, el programa permita mejorar las condiciones de vida de miles de familias afectadas, promoviendo su recuperación y estabilidad en el corto y mediano plazo.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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