Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia corresponde a un auto dictado por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, en segunda instancia. Este auto resuelve recursos de apelación interpuestos contra un auto del Tribunal Administrativo de Risaralda.
Sentido de la decisión
El Consejo de Estado resolvió:
- Devolver el expediente al Tribunal Administrativo de Risaralda para que se pronuncie sobre solicitudes probatorias respecto de las cuales no se emitió decisión expresa en la providencia de primera instancia.
- Ordenar que se resuelva sobre el testimonio de un testigo solicitado expresamente por la parte demandante.
- Ordenar que se resuelva sobre los testimonios solicitados para grupos familiares incorporados al proceso mediante escritos presentados en fechas previas.
Razón principal de la decisión
La decisión se fundamenta en que el Tribunal Administrativo de Risaralda no emitió pronunciamiento expreso sobre algunos medios probatorios solicitados, lo que genera una omisión decisoria. En consecuencia, el Consejo de Estado indicó que, para respetar la distribución funcional de competencias entre instancias y garantizar el derecho al debido proceso, corresponde que el juez de primera instancia profiera la decisión inicial sobre dichos medios probatorios. Así se permite a las partes ejercer los mecanismos de contradicción e impugnación previstos en el ordenamiento jurídico.
Antecedentes relevantes
El proceso judicial se originó por demandas en ejercicio del medio de control de reparación de perjuicios causados a un grupo, derivadas de un deslizamiento de tierra ocurrido en junio de 2019 que afectó un conjunto residencial en Pereira. Las demandas fueron presentadas contra múltiples entidades públicas y...