Entidad proponente y contexto de publicación
El Ministerio de Minas y Energía publicó el proyecto de resolución para comentarios ciudadanos, conforme a lo establecido en la Ley 1437 de 2011. El término para presentar observaciones es de cinco (5) días calendario desde la fecha de publicación en el sitio web oficial del Ministerio.
Objeto del proyecto
El proyecto tiene por objeto fijar el precio base para la liquidación del IVA en las importaciones de gasolina motor corriente y ACPM, estableciendo con precisión la base gravable aplicable en estos casos.
Disposiciones propuestas
El proyecto establecería las siguientes obligaciones y disposiciones:
- Fijar como precio base para la liquidación del IVA en las importaciones de gasolina motor corriente y ACPM, el Ingreso al Productor del componente fósil de estos combustibles.
- Dicha base estaría determinada conforme a los precios vigentes fijados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía para la fecha de presentación de la declaración de importación.
- Derogar todas las disposiciones que sean contrarias a esta fijación de precio base.
- La resolución propuesta tendría vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, si llegase a ser expedida.
Ámbito de aplicación
El proyecto aplicaría a nivel nacional y vincularía a los importadores de gasolina motor corriente y ACPM, así como a las autoridades encargadas de la administración tributaria y regulatoria en materia de combustibles.
Excepciones o exclusiones
El proyecto no establece expresamente excepciones o exclusiones específicas en su texto.
Plazo para comentarios y mecanismos de participación
- Plazo: Cinco (5) días calendario para presentar comentarios desde la publicación del proyecto.
- Canal de participación: El proyecto fue publicado en el sitio web oficial del Ministerio de Minas y Energía para la recepción de observaciones.
- Requisitos formales: No se indican requisitos adicionales específicos para la presentación de comentarios.
Base legal y otros aspectos relevantes
- El proyecto se fundamenta en el artículo 465 y el artículo 467 del Estatuto Tributario, así como en los Decretos 381 de 2012 y 1625 de 2016.
- También toma como referencia las resoluciones 104004 y 104005 de 2023 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), que establecen la estructura de precios para gasolina motor corriente y ACPM.
- El proyecto responde a la necesidad de armonizar la base gravable para la liquidación del IVA en importaciones con la base gravable prevista para las ventas en el mercado nacional.
- Se indica que la Dirección de Hidrocarburos remitió el proyecto a la Superintendencia de Industria y Comercio para el trámite de abogacía de la competencia, conforme a la Ley 1340 de 2009 y el Decreto 1074 de 2015.
- El proyecto derogaría todas las disposiciones que le sean contrarias, si fuese expedido.
Este proyecto representa un paso importante para garantizar la transparencia y la coherencia tributaria en el sector de los combustibles, buscando uniformar criterios y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los importadores. Se espera que, tras el periodo de comentarios, el Ministerio evalúe las observaciones recibidas para ajustar el texto final antes de su eventual expedición.