Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto emitido por la Sala Unitaria de Decisión del Tribunal Administrativo de Nariño, en primera instancia, dentro de un proceso ejecutivo promovido por la parte ejecutante contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió lo siguiente:
- Ordenar a la secretaría del tribunal que requiera a una lista de entidades bancarias la información sobre la existencia de cuentas activas a nombre de la entidad ejecutada.
- Solicitar que las entidades bancarias informen, dentro de un término de cinco días hábiles, sobre:
- Si las cuentas están afectadas por alguna causal de inembargabilidad, indicando la causal.
- La destinación y saldo de cada cuenta.
- Si existen órdenes de embargo de otros procesos sobre dichas cuentas, con detalles del titular del embargo, proceso y juzgado de origen.
- Disponer que, una vez recibida la información, se dé cuenta para continuar con el trámite del proceso.
Razón principal de la decisión
La providencia se sustenta en la necesidad de contar con información precisa y completa sobre las cuentas bancarias de la entidad ejecutada para determinar la procedencia del embargo y la retención de dineros solicitada. El tribunal considera pertinente obtener detalles sobre la existencia, montos y posibles inembargabilidades antes de decidir sobre la solicitud de medidas cautelares, garantizando así el debido proceso y la correcta administración de justicia.
Antecedentes fácticos y procesales
En el marco de un proceso ejecutivo instaurado por la parte ejecutante, se solicitó el embargo y la retención de dineros pertenecientes a la entidad ejecutada, los cuales estarían depositados en diferentes entidades bancarias. Antes de decretar medidas cautelares, la Sala Unitaria decidió requerir a las entidades bancarias la información mencionada para evaluar la situación de los recursos y la procedencia del embargo.
Efectos jurídicos
El auto vincula a las entidades bancarias requeridas, quienes deben informar en el plazo establecido sobre las cuentas de titularidad de la entidad ejecutada. Esta información es indispensable para que el tribunal continúe con la evaluación de la solicitud de medidas cautelares y tome decisiones posteriores en el proceso ejecutivo. La providencia genera una obligación formal de reporte para dichas entidades y establece un procedimiento previo a la eventual imposición de embargos.
De esta manera, el Tribunal Administrativo de Nariño garantiza un proceso transparente y fundamentado, asegurando que cualquier medida cautelar se adopte con pleno conocimiento de la situación financiera de la entidad ejecutada, respetando los derechos de las partes y el ordenamiento jurídico vigente.