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Proyecto de resolución del ICA actualizaría requisitos sanitarios para importación de semen bovino congelado de EE. UU.

Proviene de: Proyectos de Resolución

25 de septiembre de 2026 10:12:37

Entidad proponente y fecha de publicación

El proyecto fue publicado por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), a cargo de la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria, en el marco del cumplimiento de sus competencias legales. La publicación se efectuó en 2026, con apertura a comentarios y observaciones por parte de la ciudadanía y los interesados.

Objeto del proyecto

El proyecto tiene por objeto actualizar los requisitos sanitarios para la importación a Colombia de semen bovino congelado procedente de Estados Unidos, con fines de mejoramiento genético.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse la resolución, se establecerían las siguientes obligaciones y disposiciones:
  • El semen bovino congelado importado desde Estados Unidos deberá estar acompañado por un Certificado Zoosanitario oficial de exportación, expedido o autorizado por un Médico Veterinario del Servicio Oficial de Sanidad Animal del país exportador.
  • Se reconocerá como requisito que el país exportador esté certificado por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) como libre de ciertas enfermedades específicas, entre ellas Peste Bovina, Fiebre Aftosa sin vacunación, Dermatosis Nodular Contagiosa y con riesgo insignificante para Encefalopatía Espongiforme Bovina.
  • El semen deberá provenir de un Centro de Recolección de Semen (CRS) autorizado y habilitado, sujeto a inspección oficial, que cumpla con las normas sanitarias internacionales aplicables y que mantenga a los donantes en observación y bajo control veterinario durante periodos específicos antes y después de la recolección.
  • Los toros donantes deberán cumplir con un protocolo de ingreso, cuarentena y pruebas diagnósticas contra un listado detallado de enfermedades, incluyendo pero no limitado a Tuberculosis Bovina, Brucelosis, Leucosis Bovina Enzoótica, Lengua Azul, y Enfermedad Hemorrágica Epizoótica.
  • El semen deberá ser manipulado, tratado, conservado y transportado conforme a las normas higiénicas y técnicas establecidas por la OMSA y las autoridades estadounidenses, incluyendo la identificación codificada de las pajillas o ampollas y el uso de termos nuevos o desinfectados para su transporte.
  • El Instituto Colombiano Agropecuario ejercerá funciones de inspección, vigilancia y control, con funcionarios que tendrán carácter de inspectores de Policía Sanitaria y el respaldo legal correspondiente para el cumplimiento de sus funciones.
  • Se establecerán sanciones por incumplimiento de las disposiciones, conforme a lo previsto en la Ley 1955 de 2019 y demás normas aplicables.

Ámbito de aplicación

El proyecto tendría aplicación nacional y vincularía a todas las personas naturales o jurídicas que importen semen bovino congelado procedente de Estados Unidos con destino a Colombia y fines de mejoramiento genético.

Excepciones o exclusiones

El texto del proyecto no señala expresamente exclusiones o excepciones específicas a las disposiciones propuestas.

Plazo y mecanismos para la participación ciudadana

El proyecto quedaría sujeto a un proceso de consulta pública nacional a través de la plataforma SUCOP del Departamento Nacional de Planeación. Además, por afectar comercio internacional, se realizaría la notificación correspondiente ante el punto de contacto de Colombia ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Comunidad Andina (CAN) y el Grupo de los Tres (G3), permitiendo la presentación de comentarios u observaciones por parte de interesados nacionales e internacionales. El plazo para presentar comentarios y observaciones se establece conforme a los términos que determine la convocatoria pública, disponible en las plataformas señaladas, sin que el documento analizado precise una fecha límite exacta. Los interesados podrían participar mediante los canales habilitados en el proceso de consulta pública, incluyendo formularios electrónicos y correo electrónico, siguiendo los requisitos formales que se indiquen en la respectiva plataforma.

Base legal y modificaciones normativas

El proyecto se fundamenta en diversas disposiciones legales y reglamentarias, entre ellas:
  • Artículo 4 del Decreto 3761 de 2009.
  • Artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015.
  • Resolución ICA 13314 de 2023 (delegatoria para expedición de requisitos sanitarios).
  • Resolución ICA 8389 de 2023 (establecimiento de requisitos y trámite para análisis de riesgos).
  • Resolución ICA 13633 de 2023 (creación del Comité de Importaciones).
El proyecto no indicaría la derogación expresa de actos administrativos vigentes, sino la actualización de requisitos previamente establecidos.

Vigencia

De expedirse, la resolución propuesta regiría a partir de su publicación en el Diario Oficial y tendría una vigencia máxima de cinco años, perdiendo vigencia si no se culmina la consulta pública del diseño de su evaluación ex post, conforme al procedimiento previsto en el Decreto 1074 de 2015 y su modificación por el Decreto 0975 de 2026.

Conclusión

Este proyecto de resolución busca fortalecer el control sanitario en la importación de semen bovino congelado procedente de Estados Unidos, garantizando estándares internacionales y protegiendo la sanidad animal en Colombia. La participación ciudadana y de los sectores interesados será fundamental para ajustar y consolidar las disposiciones finales que regirán el proceso de importación, asegurando la transparencia y efectividad en la regulación.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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