Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado decreta acumulación de procesos en trámite de nulidad de decreto

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 20:1:2

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto interlocutorio emitido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en instancia de revisión de acumulación de procesos.

Sentido de la decisión

  • Se decreta la acumulación del proceso identificado con el número único de radicación 11001-03-24-000-2025-00352-00 al proceso más antiguo, identificado con radicado 11001-03-24-000-2025-00023-00.
  • Se ordena la suspensión del trámite del proceso más antiguo hasta que el proceso acumulado alcance la misma etapa procesal.

Razón principal de la decisión

La decisión se fundamenta en que ambos procesos se encuentran en la misma instancia, deben tramitarse por el mismo procedimiento ordinario y cuentan con pretensiones conexas, pues ambos demandan la nulidad del mismo decreto expedido por el Gobierno Nacional. Además, la parte demandada en ambos casos es la misma, lo que cumple con las condiciones establecidas en los artículos 148 a 150 del Código General del Proceso (CGP) y la remisión aplicable del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

Antecedentes fácticos y procesales

Se trata de procesos contencioso-administrativos promovidos mediante medio de control de nulidad, en los cuales se impugna el Decreto núm. 0069 de 24 de enero de 2025, expedido por el Gobierno Nacional, conformado por el Presidente de la República y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ambos procesos se encuentran en trámite dentro de la misma instancia jurisdiccional y bajo el procedimiento ordinario aplicable en materia contencioso-administrativa. Uno de los procesos es más antiguo, pues fue en el que primero se notificó el auto admisorio de la demanda. El otro proceso aún no ha sido admitido, lo que motivó la orden de suspensión en el trámite del proceso más antiguo hasta que ambos estén en la misma etapa procesal.

Efectos jurídicos

  • Los procesos acumulados deberán tramitarse bajo una misma cuerda procesal ante el Despacho que conoce del proceso más antiguo.
  • Se suspende temporalmente el trámite del proceso radicado primero hasta que el proceso acumulado avance al mismo estado procesal.
  • Se ordena la remisión conjunta de los expedientes al Despacho para continuar con el trámite procesal correspondiente una vez firme la providencia.

Conclusión

Con esta decisión, el Consejo de Estado busca garantizar la eficiencia y coherencia en la administración de justicia, evitando decisiones contradictorias y optimizando los recursos judiciales. La acumulación de procesos permitirá un análisis integral de la nulidad del Decreto núm. 0069 de 2025, asegurando una resolución uniforme y justa para las partes involucradas.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias