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Acuerdo CD 025 de 2026: declaratoria y plan de manejo de Distrito de Conservación de Suelos en Valle del Cauca

Proviene de: Acuerdos

1 de octubre de 2026 10:34:25

Objeto y ámbito de aplicación

El Acuerdo CD 025 de 2026 regula la declaratoria, delimitación, alinderación, manejo y administración del Distrito de Conservación de Suelos (DCS) denominado Complejo de Humedales Asociados al río Cauca, en los municipios de Bugalagrande, Andalucía y Tuluá, en el departamento del Valle del Cauca. Esta figura se incorpora al Sistema Departamental de Áreas Protegidas del Valle del Cauca (SIDAP) y al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

Cambios normativos

Entre las novedades introducidas por el Acuerdo se encuentran:
  • La declaratoria formal del DCS Complejo de Humedales (BAT) como área protegida de orden regional, con una extensión aproximada de 1.882,29 hectáreas.
  • La delimitación precisa del área protegida, incluyendo 20 cuerpos de agua y suelos de clases agrológicas III y IV, con coordenadas geográficas definidas.
  • La adopción del Documento Técnico de Soporte (DTS) que funciona como plan de manejo para el área protegida, con una vigencia inicial de cinco años.
  • La zonificación del DCS en cuatro áreas: zona de preservación, zona de restauración, zona de uso sostenible (con subzonas de desarrollo y de aprovechamiento sostenible), estableciendo los usos permitidos y actividades autorizadas en cada una.
  • La definición de un esquema de gobernanza a través de un Comité de Comanejo que incluye actores públicos, organizaciones sociales y comunitarias y privados.
  • La incorporación de determinantes ambientales para el ordenamiento territorial de los municipios involucrados, con función amortiguadora en áreas circundantes.
  • La obligación de publicar e inscribir el acto administrativo de declaratoria en el Diario Oficial y en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos correspondientes, sin costo para los predios afectados.

Obligaciones y responsabilidades

  • Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC): administrar y manejar el DCS, dictar regulaciones conforme a la zonificación, coordinar con entidades y sociedad civil, aportar recursos para la implementación del plan de manejo e inscribir la declaratoria en registros públicos.
  • Municipios de Bugalagrande, Andalucía y Tuluá: garantizar que sus Planes de Ordenamiento Territorial (POT) estén en armonía con la declaratoria y respeten las determinantes ambientales y la función amortiguadora establecida.
  • Comité de Comanejo: construir reglamento interno, plan operativo anual, participar en la planificación, seguimiento y veeduría del plan de manejo, apoyar el control, vigilancia, educación ambiental y gestión de recursos, reuniéndose al menos tres veces al año.
  • Propietarios y usuarios de predios dentro del DCS: respetar las limitaciones de uso establecidas en el plan de manejo y la declaratoria, destinando los predios a los usos permitidos.
  • Solicitantes de actividades, obras o proyectos dentro del DCS: sujetarse a las normas vigentes sobre otorgamiento de derechos ambientales y a las disposiciones del plan de manejo.

Usos permitidos y prohibiciones

El Acuerdo establece usos y actividades permitidas y restringidas según la zonificación, orientadas a la conservación y manejo sostenible. Se prohíben expresamente todas las actividades no contempladas como permitidas en el plan de manejo.

Procedimientos para sustracción de áreas

Cualquier proyecto que implique sustracción de área dentro del DCS deberá seguir el procedimiento establecido en el Decreto 1076 de 2015 y demás normas aplicables, incluyendo la Ley 2ª de 1959.

Sanciones

Las violaciones a las disposiciones del Acuerdo y las conductas que perjudiquen los recursos naturales y condiciones ambientales del DCS están sujetas a las sanciones previstas en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, así como a posibles responsabilidades penales y civiles.

Publicación, inscripción y vigencia

El acto administrativo será publicado en el Diario Oficial y los predios incluidos en el DCS deberán inscribirse en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos correspondientes, sin costo alguno. Además, el área será registrada en el Registro Único de Áreas Protegidas. El Documento Técnico de Soporte (plan de manejo) estará disponible en la página web de la CVC. El Acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Base legal

El Acuerdo se expide en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 99 de 1993, el Decreto 1076 de 2015, el Decreto Ley 2811 de 1974 y demás normatividad ambiental vigente. También se fundamenta en políticas nacionales y regionales sobre biodiversidad y áreas protegidas.

Régimen de transición

La implementación del plan de manejo se establece para un periodo inicial de cinco años, con evaluaciones anuales y al término del periodo para ajustes o actualizaciones sin necesidad de nuevo acto administrativo, conforme a lo previsto en el Decreto 1076 de 2015. --- Este resumen ejecutivo presenta los aspectos esenciales del Acuerdo CD 025 de 2026 emitido por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, que crea y regula un Distrito de Conservación de Suelos en la región del río Cauca, estableciendo un marco jurídico para su protección, manejo y uso sostenible, contribuyendo así a la conservación de los recursos naturales y el desarrollo ambientalmente responsable de la región.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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