Objeto de la norma
El Acuerdo regula la declaratoria, delimitación, alinderación, zonificación, plan de manejo y administración del DRMI CCCORYSAN-Venado, estableciendo obligaciones para la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca y demás actores involucrados en la gestión y conservación del área protegida.
Cambios normativos concretos
- Declaración oficial del área de 698,41 hectáreas como Distrito Regional de Manejo Integrado CCCORYSAN-Venado, incorporada al Sistema Departamental de Áreas Protegidas (SIDAP) del Valle del Cauca y al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).
- Adopción del Documento Técnico de Soporte (DTS) como Plan de Manejo para un periodo de cinco años, con regulaciones para el manejo y gestión del área.
- Establecimiento de zonificación interna en el DRMI con tres zonas principales: Zona de Restauración, Zona de Uso Sostenible (subzonas de Aprovechamiento Sostenible y Desarrollo) y Zona General de Uso Público.
- Determinación de una Zona con Función Amortiguadora para mitigar impactos externos y articular el ordenamiento territorial con el Distrito Especial de Buenaventura.
- Creación del Comité de Comanejo como instancia de gobernanza para la participación comunitaria, institucional y social en la gestión del DRMI.
- Incorporación del DRMI y su plan de manejo como determinantes ambientales de orden superior para el ordenamiento territorial distrital y municipal, conforme a la Ley 388 de 1997 y su modificación por la Ley 2294 de 2023.
- Regulación de las actividades, obras o proyectos dentro del DRMI sujetas a derechos ambientales vigentes y al plan de manejo.
- Establecimiento de sanciones administrativas y responsabilidades derivadas del incumplimiento de las normas contenidas en el Acuerdo, conforme a la Ley 1333 de 2009 y su modificación por la Ley 2387 de 2024.
Obligaciones creadas
- Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC):
- Administrar y manejar el DRMI, dictando regulaciones que orienten su gestión conforme a la zonificación adoptada.
- Asignar recursos económicos para la implementación del Plan de Manejo a través de sus instrumentos de planificación ambiental.
- Coordinar mecanismos de gobernanza con actores sociales, instituciones y comunidades del territorio.
- Publicar en el Diario Oficial el acto administrativo de declaratoria y gestionar la inscripción de los predios incluidos en el área protegida en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos sin costo alguno.
- Registrar el área protegida en el Registro Único de Áreas Protegidas, incluyendo la declaratoria, el Documento Técnico de Soporte y la delimitación cartográfica.
- Publicar el Documento Técnico de Soporte y sus anexos en la página web institucional.
- Distrito Especial de Buenaventura:
- Incorporar las determinantes ambientales del DRMI en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y garantizar su armonía con la zonificación y regulaciones establecidas.
- Comité de Comanejo:
- Formular reglamento interno y plan operativo anual en el plazo de un año desde la vigencia del Acuerdo.
- Participar en la planificación, seguimiento y evaluación del Plan de Manejo.
- Realizar veeduría, apoyo en control, vigilancia, educación ambiental y promoción del área protegida.
- Gestionar recursos y promover la incorporación del DRMI en instrumentos de planificación pública y comunitaria.
- Habitantes y propietarios de predios dentro del área protegida:
- Respetar las limitaciones de uso y los objetivos y funciones señalados en el plan de manejo.
Ámbito de aplicación y sujetos obligados
El Acuerdo aplica en el ámbito regional, específicamente en el Distrito Especial de Buenaventura, departamento del Valle del Cauca. Están sujetos a la norma la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, autoridades locales y regionales, organizaciones comunitarias del Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de Córdoba y San Cipriano, propietarios y habitantes dentro del polígono del DRMI, así como cualquier persona natural o jurídica que realice actividades en el área protegida.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones expresas en el Acuerdo. Las actividades dentro del DRMI deben sujetarse a las normas vigentes y al plan de manejo, salvo que se realicen sustracciones mediante procedimientos legales para causas de utilidad pública o interés social, conforme al Decreto 1076 de 2015 y demás normatividad aplicable.
Base legal
El Acuerdo se fundamenta en las facultades conferidas por la Ley 99 de 1993, el Decreto 1076 de 2015, el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 165 de 1994, la Ley 388 de 1997 modificada por la Ley 2294 de 2023, y demás normativa nacional relacionada con áreas protegidas y ordenamiento territorial.
Vigencia y régimen de transición
El Acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Se establece un periodo de implementación del Plan de Manejo de cinco años, con evaluaciones anuales y al término del quinquenio para verificar el cumplimiento de los objetivos de conservación. El Comité de Comanejo debe reglamentarse y definir un plan operativo anual dentro del año siguiente a la entrada en vigencia.
| Periodo | Actividad |
| Vigencia | Publicación del Acuerdo y entrada en vigor |
| Primer año | Conformación y reglamentación del Comité de Comanejo; formulación del plan operativo anual |
| 5 años | Evaluación integral del Plan de Manejo y ajuste o actualización si es necesario |
Con esta normativa, se busca garantizar la conservación efectiva del Distrito Regional de Manejo Integrado CCCORYSAN-Venado, promoviendo el desarrollo sostenible y la participación activa de las comunidades locales en la gestión del área protegida. La articulación entre la CVC, el Distrito Especial de Buenaventura, el Comité de Comanejo y los habitantes del territorio será clave para el éxito de este proceso, que representa un avance significativo en la protección ambiental y el ordenamiento territorial del Valle del Cauca.