Derecho y obligación a la medición del consumo
La Ley 142 de 1994 establece que tanto el usuario como el prestador tienen derecho y obligación a la medición individual y real del consumo mediante instrumentos tecnológicos adecuados. Este consumo debe ser el elemento principal para la determinación del precio del servicio. En caso de que la medición directa no sea posible por causas no imputables a las partes, se podrá estimar el consumo con base en promedios o aforos individuales. La falta de medición atribuible al prestador implica la pérdida del derecho a cobrar, mientras que la omisión por parte del usuario puede justificar la suspensión o terminación del contrato.
El Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 refuerza esta obligación, señalando que, cuando técnicamente sea posible, cada acometida debe contar con un medidor, incluyendo las unidades privadas en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Requisitos para la prestación del servicio
El acceso al servicio público domiciliario de acueducto está condicionado a que el usuario y el inmueble cumplan con los requisitos técnicos y jurídicos establecidos por la normativa vigente y el prestador. Entre ellos se incluyen ubicación dentro del perímetro de servicio, licencia de construcción, acceso a vías y redes, conexión al sistema de alcantarillado en ciertos casos, y cumplimiento de normas técnicas para tanques y sistemas en edificaciones de varios pisos.
La prestación efectiva del servicio depende también de la capacidad técnica y económica del prestador, quien puede negar el servicio si no cumple estas condiciones.
Medición en propiedad horizontal y concepto de multiusuario
La propiedad horizontal genera una persona jurídica encargada de administrar bienes y servicios comunes. Para la facturación de los servicios públicos en zonas comunes, esta persona jurídica puede ser considerada como usuaria única, en cuyo caso el cobro se basa en la lectura del medidor individual de dichas áreas. Si no existe medidor individual para las zonas comunes, el consumo se calcula por diferencia entre el medidor general y la suma de los medidores individuales.
En cuanto al concepto de multiusuario, se define como una edificación con dos o más unidades independientes que cuenta con medición general pero no individual para cada unidad privada por razones técnicas. En estos casos, la persona jurídica o propietario actúa como único suscriptor frente al prestador, quien emite una sola factura.
La normativa exige que se presenten razones técnicas que justifiquen la imposibilidad de medición individual al momento de la solicitud del servicio o de la certificación de viabilidad. El prestador tiene la responsabilidad de constatar esta condición.
Conclusiones principales
- El derecho y la obligación a la medición individual y real del consumo no son renunciables, salvo excepciones por razones técnicas, de seguridad o interés social.
- Los prestadores deben establecer requisitos técnicos claros para la conexión al servicio, incluyendo la instalación de medidores cuando sea posible.
- La definición y regulación del multiusuario se deben ajustar a las disposiciones del Decreto 1077 de 2015 y la regulación de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
- La presentación de las razones técnicas para la inexistencia de medición individual es requisito indispensable para la configuración de multiusuario y para que el prestador pueda brindar el servicio.
Este concepto jurídico de la Superservicios contribuye a aclarar la aplicación de la normativa vigente en el servicio público domiciliario de acueducto, especialmente en situaciones complejas como las propiedades horizontales y multiusuarios, garantizando derechos y responsabilidades claras para usuarios y prestadores. De esta manera, se promueve una gestión eficiente y transparente del servicio, que beneficia tanto a los consumidores como a los operadores, asegurando la sostenibilidad y calidad del servicio público de acueducto en todo el territorio nacional.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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