Alcance y competencia
La Oficina Asesora Jurídica de la SSPD, competente para absolver consultas relacionadas con el régimen de servicios públicos domiciliarios, emitió una interpretación jurídica general sobre la procedencia del cambio de medidores. Este concepto no tiene carácter vinculante ni obligatorio y no decide casos particulares, sino que orienta sobre el marco normativo aplicable.
Principales causales para el cambio de medidor
De acuerdo con la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1077 de 2015, el prestador puede cambiar el medidor cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:
- El medidor no permite determinar adecuadamente el consumo.
- Existe desarrollo tecnológico que ofrece instrumentos de medida más precisos.
- El medidor no tiene el diámetro adecuado para el servicio prestado.
El cambio no puede realizarse por la sola voluntad del prestador ni como parte de una campaña general sin justificación técnica que aplique a cada equipo.
Procedimiento y derechos del usuario
Cuando el cambio se base en un presunto mal funcionamiento, la empresa debe informar al usuario con antelación, permitir la participación de un técnico de confianza del usuario durante la revisión y levantar un acta que documente el estado del medidor. Además, debe entregar un informe de revisión emitido por un laboratorio acreditado.
El usuario tiene derecho a reparar el medidor si la reparación es técnica y económicamente viable, o a adquirir un nuevo medidor con el proveedor que prefiera, siempre que cumpla con las especificaciones técnicas del contrato de condiciones uniformes. Si la empresa suministra el nuevo medidor, debe contar con autorización previa del usuario, salvo que este no haya actuado tras un periodo de facturación desde la comunicación.
En caso de incumplimiento por parte del usuario, la empresa podrá realizar el cambio por cuenta del mismo y trasladar los costos correspondientes.
Responsabilidades y recursos disponibles
El costo del cambio o reparación puede ser asumido por el usuario cuando se cumplan las condiciones legales y regulatorias. Si el usuario considera que el cambio o cobro no está justificado, puede presentar peticiones, quejas o reclamos ante la empresa y, en caso de disconformidad, interponer recursos de reposición y apelación ante la SSPD.
Es importante señalar que la SSPD ejerce funciones de inspección, vigilancia y control, pero no resuelve consultas sobre casos particulares ni sustituye a las empresas en decisiones específicas.
Conclusión
El concepto de la SSPD establece un marco claro y equilibrado que protege tanto los derechos de los usuarios como las facultades de las empresas prestadoras para garantizar la adecuada medición del consumo en los servicios de acueducto. El cambio de medidores debe cumplir con los procedimientos legales y contractuales, asegurando transparencia y respeto al debido proceso, para beneficio de todas las partes involucradas.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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