Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Tribunal Superior de Montería confirma solidaridad laboral y cobertura de póliza estatal

Proviene de: Sentencias

1 de octubre de 2026 11:45:34

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

El auto fue proferido por la Sala Segunda de Decisión Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, en segunda instancia, respecto al recurso de apelación interpuesto por la aseguradora llamada en garantía en un proceso laboral ordinario. El proceso se originó por demanda presentada por un trabajador contra un consorcio contratista y el Departamento de Córdoba, este último llamado en garantía por el consorcio.

Sentido de la decisión

  • Confirmar la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre el trabajador y el consorcio contratista, vigente del 2 de marzo de 2020 al 6 de noviembre de 2021, terminado sin justa causa.
  • Confirmar la responsabilidad solidaria del Departamento de Córdoba respecto a las obligaciones laborales derivadas de la relación laboral, en su calidad de beneficiario del contrato de obra pública.
  • Confirmar la condena a la aseguradora llamada en garantía a responder por las obligaciones laborales del Departamento de Córdoba, conforme al alcance y límites de la póliza de cumplimiento estatal.
  • Modificar parcialmente la condena por concepto de prima de servicios para ajustarla por el efecto de la prescripción parcial declarada.
  • Imponer condena en costas de segunda instancia a la aseguradora apelante.

Razón principal de la decisión

La Sala fundamenta la confirmación de la existencia del contrato laboral y sus extremos temporales en la prueba documental y testimonial aportada, así como en la confesión ficta del consorcio por no comparecer a audiencias. La responsabilidad solidaria del Departamento de Córdoba se sostiene en que la obra pública contratada (mejoramiento de vías) constituye una actividad propia, conexa e inherente a su giro ordinario, conforme al artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia. En cuanto a la cobertura de la póliza de cumplimiento estatal, se concluye que esta ampara el incumplimiento de todas las obligaciones laborales del contratista, incluyendo salarios, prestaciones sociales, vacaciones e indemnizaciones moratorias, dado que la definición del riesgo en la póliza abarca el incumplimiento de "obligaciones laborales" sin exclusiones expresas para dichos conceptos. La excepción de prescripción formulada por el Departamento se declara parcialmente probada, afectando únicamente el rubro de prima de servicios correspondiente a periodos anteriores al término legal para reclamar. La excepción de prescripción planteada por la aseguradora no prospera, pues el término para reclamar contra la póliza se rige por el Código de Comercio y se encontraba vigente al momento del llamamiento en garantía.

Antecedentes fácticos y procesales

El trabajador demandó al consorcio por la declaración de existencia de contrato laboral a término indefinido, pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, con solidaridad del Departamento de Córdoba. El consorcio no contestó la demanda. El Departamento se opuso y formuló excepciones de falta de legitimación por pasiva, inexistencia del derecho y prescripción. El Departamento llamó en garantía a la aseguradora, que se opuso con excepciones relativas a la cobertura del seguro y prescripción. Las audiencias de pruebas se realizaron sin nulidades, practicándose interrogatorio y testimonios. El juzgado de primera instancia declaró la existencia del contrato y la responsabilidad solidaria, condenando solidariamente al consorcio y al Departamento, y ordenando a la aseguradora responder dentro de los límites de la póliza.

Efectos jurídicos de la decisión

La decisión vincula solidariamente al Departamento de Córdoba y al consorcio contratista para el pago de las obligaciones laborales generadas durante la relación laboral. Asimismo, la aseguradora debe responder por las condenas imputadas al Departamento conforme a la póliza de cumplimiento estatal. Se modifica parcialmente la condena en cuanto a la prima de servicios por prescripción parcial, ajustando el monto reconocido. Se confirma la condena en costas en segunda instancia a cargo de la aseguradora apelante. Finalmente, se ordena la devolución del expediente al juzgado de origen para el cumplimiento de lo resuelto, garantizando así la ejecución efectiva de las obligaciones reconocidas en esta decisión judicial. Con este fallo, se reafirma la protección de los derechos laborales y la responsabilidad solidaria en contratos de obra pública, fortaleciendo la seguridad jurídica en este tipo de relaciones contractuales.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Laboral

No se encontraron sugerencias