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Resolución REG-ORG-0075-2026: Plan de vigilancia y control fiscal para emergencia nacional

Proviene de: Resoluciones

5 de octubre de 2026 14:43:54

Objeto y ámbito de aplicación

La resolución tiene por objeto planificar y regular las medidas necesarias para ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los recursos públicos destinados a la atención humanitaria, rehabilitación y reconstrucción en los departamentos afectados por la emergencia declarada mediante el Decreto número 1261 de 2026, modificado por el Decreto número 1348 de 2026. El alcance del plan comprende la fiscalización de recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, presupuestos territoriales, aportes nacionales e internacionales, créditos públicos y demás fuentes para atender la emergencia y situaciones de calamidad pública relacionadas. La norma aplica a entidades nacionales y territoriales, así como a particulares que manejen dichos recursos, en 17 departamentos del país.

Cambios normativos y creación de mecanismos

  • Se establece un plan de vigilancia y control fiscal específico para la emergencia, con vigencia durante el cuatrienio 2026-2030.
  • Se crean observatorios sectoriales y macrosectoriales a cargo de las Contralorías Delegadas para monitorear la gestión de recursos.
  • La Unidad de Análisis de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI) realizará análisis de datos e información financiera y contractual relacionada con la emergencia.
  • Se define la vigilancia fiscal concurrente, permanente e integral sobre la gestión de los entes territoriales y nacionales vinculados a la emergencia, con posibilidad de vigilancia ordinaria o especial según decisión de los contralores delegados sectoriales.
  • Se incorpora el seguimiento permanente a los recursos públicos, incluyendo la confirmación directa con gestores y beneficiarios.
  • Se promueve el control fiscal participativo, con la participación ciudadana en vigilancia y fiscalización, y la integración de resultados de control social a la gestión fiscal.
  • Se establecen mecanismos específicos para la solución de problemáticas de gestión que afecten la ejecución de proyectos relacionados con la emergencia.
  • Se dispone la fiscalización sectorizada y plural, con evaluación de riesgos fiscales asociados a la gestión de mantenimiento, reparación, rehabilitación y reconstrucción.
  • Se faculta la conformación de grupos internos transitorios para el control fiscal de la emergencia.
  • Se determinan mecanismos de competencia prevalente para la Contraloría General en vigilancia y control fiscal territorial, incluyendo intervención funcional de oficio y acciones conjuntas con contralorías territoriales.
  • Se establecen directrices para la rendición de cuentas permanente y pública relacionada con la fiscalización de los recursos.
  • Se fija la dirección estratégica del plan a cargo del Contralor General y la coordinación estratégica al Vicecontralor.

Obligaciones principales

  • Contraloría General de la República: Dirigir y coordinar el plan de vigilancia y control fiscal, incluyendo la creación de observatorios, análisis de datos, vigilancia concurrente y permanente, y rendición de cuentas pública.
  • Contralorías Delegadas: Implementar observatorios sectoriales, decidir sobre vigilancia ordinaria o especial, coordinar solución de problemáticas, promover control fiscal participativo, y retroalimentar información a la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana.
  • Gerencias departamentales colegiadas: Participar en la vigilancia y control fiscal local y mantener comunicación con contralores delegados para asegurar la adecuada planificación y ejecución de procesos.
  • Entidades territoriales y particulares: Suministrar información requerida a través de los sistemas institucionales de rendición de cuentas (SIRECI y APPUI) y permitir la trazabilidad de los recursos públicos.
  • Unidad de Análisis (DIARI): Realizar análisis de datos e identificar riesgos, mejores prácticas y patrones en la gestión fiscal vinculada a la emergencia.
  • Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana: Promover y asesorar el control fiscal participativo, realizar especial seguimiento a recursos de emergencia, y gestionar canales de denuncia y participación ciudadana.

Ámbito territorial y sujetos afectados

La resolución aplica a nivel nacional, con foco en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Norte de Santander, Bolívar, Nariño, Sucre, Caquetá y Santander. Están sujetos a la vigilancia y control fiscal las entidades públicas nacionales y territoriales, así como particulares que manejen fondos, bienes o recursos públicos vinculados a la emergencia.

Base legal y vigencia

La norma se expide con fundamento en las facultades constitucionales y legales de la Contraloría General de la República, especialmente en los artículos 35 y 267 de la Constitución Política, y en los Decretos Ley 267 de 2000, 403 de 2020, 405 de 2020, y la Ley 1523 de 2012, entre otros. La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones contrarias. El plan de vigilancia y control fiscal tendrá vigencia durante el cuatrienio 2026-2030, con registros anuales en los planes institucionales correspondientes.

Régimen de transición y coordinación

Se prevé la coordinación permanente con las contralorías territoriales mediante acciones conjuntas y apoyo mutuo en materia de vigilancia y control fiscal. La Contraloría General podrá intervenir funcionalmente en los fondos territoriales relacionados con la emergencia. Además, se establece un régimen de monitoreo, seguimiento y evaluación continua del plan, a cargo del Vicecontralor, con informes periódicos al Contralor General. Asimismo, se ordena la priorización en la atención de denuncias y derechos de petición relacionados con la gestión fiscal de la emergencia, con registros separados y trazables para su seguimiento. --- Este resumen ejecutivo presenta los aspectos esenciales de la Resolución Reglamentaria Orgánica REG-ORG-0075-2026, que estructura la vigilancia y control fiscal de los recursos públicos destinados a la atención de la emergencia nacional declarada en 2026, garantizando transparencia, eficiencia y participación ciudadana en la gestión de los recursos públicos para la recuperación nacional.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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