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Auto del Tribunal Superior de Tunja ordena devolver proceso por acuerdo entre las partes en liquidación de sociedad conyugal

Proviene de: Sentencias

7 de octubre de 2026 11:44:20

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto dictado por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, en segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación interpuesto contra una decisión relacionada con la oposición a una diligencia de secuestro en proceso de liquidación de sociedad conyugal.

Sentido de la decisión

  • Se ordena devolver el proceso al despacho de origen para que continúe su trámite conforme a lo establecido por el tribunal.
  • No se condena en costas a ninguna de las partes.
  • Se dispone que, una vez ejecutoriado el auto, se remita el expediente al juzgado de origen para el cumplimiento de lo ordenado.

Razón principal de la decisión

La decisión se fundamenta en que, durante el trámite del recurso de apelación, las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio aprobado en audiencia judicial, mediante el cual acordaron suspender la audiencia para adelantar la liquidación de la sociedad conyugal de común acuerdo y, en particular, la cancelación de la medida cautelar de embargo y secuestro sobre el establecimiento de comercio objeto de la controversia. Esta circunstancia dejó sin materia de estudio el recurso, pues desapareció el objeto del litigio relacionado con la oposición a la diligencia de secuestro.

Antecedentes fácticos y procesales

  • En cumplimiento de comisión judicial, un juzgado municipal practicó diligencia de secuestro sobre un establecimiento de comercio en el proceso de liquidación de sociedad conyugal.
  • La apoderada de la parte demandada formuló oposición a dicha diligencia, la cual fue rechazada de plano por el juzgado que ordenó el secuestro, con base en que la opositora no era una tercera ajena a la medida cautelar sino una de las personas afectadas.
  • Contra esta decisión se interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja.
  • Posteriormente, las partes celebraron un acuerdo conciliatorio en audiencia judicial donde acordaron la cancelación de la medida cautelar sobre el establecimiento de comercio y la suspensión de la audiencia para adelantar la liquidación de común acuerdo.

Efectos jurídicos de la providencia

  • El auto vincula a las partes y al juzgado de origen, ordenando continuar el proceso conforme a lo acordado y dejando sin efecto la oposición a la diligencia de secuestro objeto del recurso.
  • El levantamiento de la medida cautelar implicará la liberación del establecimiento de comercio del secuestro y embargo previamente decretados.
  • No se imponen condenas en costas, dado que las partes acordaron conjuntamente el levantamiento de la medida cautelar y el acuerdo fue avalado por la autoridad judicial.
  • El expediente será remitido al juzgado de primera instancia para que continúe con el trámite de la liquidación de la sociedad conyugal conforme al acuerdo alcanzado.
En conclusión, el auto emitido por el Tribunal Superior de Tunja refleja la importancia del acuerdo conciliatorio entre las partes para la resolución eficiente de los procesos judiciales, evitando la continuación de controversias que han quedado sin objeto. Así, se garantiza que el proceso de liquidación de sociedad conyugal avance conforme a lo pactado, con el levantamiento de las medidas cautelares que impedían la libre disposición del establecimiento de comercio. Esta decisión contribuye a la celeridad procesal y a la seguridad jurídica de las partes involucradas.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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