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Auto del Tribunal Superior de Valledupar abstiene sanción por desacato ante imposibilidad de cumplimiento

Proviene de: Sentencias

7 de octubre de 2026 12:14:21

Naturaleza de la providencia y competencia

Se trata de un auto emitido por la Sala Penal de Decisión de Tutelas del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Cesar, en el trámite incidental de desacato promovido contra el Juzgado Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Riohacha, La Guajira. Esta Sala es competente para conocer y resolver el incidente, dado que fue la autoridad que profirió la sentencia de tutela cuyo cumplimiento se reclama.

Sentido de la decisión

  • Se abstiene de abrir el incidente por desacato contra el Juzgado Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Riohacha.
  • Se ordena el archivo de las diligencias del incidente.
  • Se dispone la notificación de la decisión por el medio más expedito, específicamente correo electrónico.
  • No procede recurso alguno contra esta decisión.

Razón principal de la decisión

El tribunal concluyó que el juzgado señalado carece de competencia y posibilidad material para dar cumplimiento a la orden contenida en la sentencia de tutela de remitir un expediente judicial al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar. Esto se debe a que:
  • Mediante auto interlocutorio dictado en 2019, se declaró extinguida la pena impuesta al procesado.
  • El expediente judicial fue remitido en 2024 al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Riohacha para su archivo definitivo, lo cual implica que el juzgado de ejecución de Riohacha ya no tiene la custodia del expediente.
  • El Juzgado Primero Penal informó que el expediente está archivado en el archivo central del Palacio de Justicia de Riohacha.
  • Se verificó que el juzgado incidentado cumplió con remitir las comunicaciones correspondientes al juzgado de Valledupar.
  • Ante esta realidad procesal objetiva, exigir el cumplimiento de la orden resulta imposible y carece de fundamento jurídico para imponer sanción por desacato.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

El incidente de desacato fue promovido tras el incumplimiento de la orden de remisión de expediente judicial emanada de una sentencia de tutela que amparó el derecho al debido proceso del accionante. La orden consistía en que el Juzgado Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Riohacha remitiera el expediente identificado a la autoridad judicial en Valledupar en un plazo de 48 horas desde la notificación. Ante la presunta omisión, se requirió informe al juzgado demandado, quien respondió que la pena del procesado fue extinguida y que el expediente fue remitido para archivo a otra autoridad judicial. Posteriormente, el juzgado receptor informó sobre el estado y ubicación del expediente, confirmando su archivo. El Tribunal efectuó el cruce de información y documentación, constatando la imposibilidad material y jurídica del juzgado para cumplir la orden. También se tuvo en cuenta la normativa aplicable al incidente de desacato y la jurisprudencia sobre la función de este mecanismo.

Efectos jurídicos de la decisión

La decisión produce los siguientes efectos jurídicos:
  • Exime al Juzgado Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Riohacha de responsabilidad por incumplimiento de orden judicial en este incidente.
  • Ordena el archivo del incidente de desacato, cerrando el trámite incidental.
  • Vincula a las autoridades judiciales involucradas para que se tengan por cumplidas las diligencias y comunicaciones relacionadas con el expediente.
  • Faculta al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar para solicitar el expediente directamente al archivo central si lo considera necesario.
En conclusión, el Tribunal Superior de Valledupar ratifica la importancia de evaluar la viabilidad y competencia real de las autoridades judiciales al momento de exigir el cumplimiento de órdenes, evitando sanciones injustificadas cuando existen impedimentos objetivos. Así, se protege la correcta administración de justicia y se respetan los derechos procesales de las partes involucradas.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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