Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto emitido por la Sala Tercera de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en segunda instancia procesal.
Sentido de la decisión
- Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primer grado.
- Ordenar la devolución del expediente a la judicatura de origen, previo registro de egreso.
Razón principal de la decisión
La Sala determinó que el apelante no sustentó los reparos concretos del recurso dentro del plazo legal establecido en el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, que establece que la sustentación debe hacerse dentro de los cinco días siguientes a la admisión del recurso o a la resolución que niega la solicitud de pruebas. La omisión de esta obligación procesal conduce a la deserción del recurso, conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia consolidada.
El tribunal rechazó la tesis de “sustentación anticipada”, que pretendía suplir el silencio del apelante con los argumentos presentados en primera instancia. Se reiteró que la sustentación es una fase procesal obligatoria y diferenciada en segunda instancia, la cual no puede ser reemplazada por la argumentación previa.
Antecedentes relevantes
El recurso de apelación fue interpuesto contra una sentencia dictada por el juzgado de primer grado. El tribunal superior admitió el recurso, pero otorgó un plazo para que el apelante sustentara los reparos concretos, conforme al artículo 12 de la ley 2213 de 2022. El apelante no lo hizo dentro de ese término.
Previo a esta decisión, se emitió un interlocutorio que advirtió expresamente sobre la obligación de sustentar el recurso en el plazo legal. La Sala Superior destacó que la omisión en la sustentación es causal de deserción del recurso.
La providencia cita jurisprudencia reciente de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia que confirma la obligatoriedad de la sustentación en segunda instancia como requisito procesal, y sostiene que no existe vulneración al debido proceso ni al acceso a la administración de justicia por la aplicación de la norma.
Efectos jurídicos de la decisión
La decisión produce los siguientes efectos jurídicos:
- Vincula a las partes en cuanto a la imposibilidad de continuar con el trámite del recurso de apelación declarado desierto.
- Genera la obligación para el tribunal superior de devolver el expediente a la judicatura de origen, para que continúe con el trámite correspondiente conforme a la sentencia de primer grado.
Conclusión formal
El auto concluye con la declaración de deserción del recurso de apelación por incumplimiento de la obligación de sustentación en el plazo legal, y ordena el retorno del expediente al juzgado de primera instancia para los efectos pertinentes. Se da cumplimiento así a las disposiciones legales y a la jurisprudencia vigente en materia de recursos de apelación, garantizando la correcta administración de justicia y el respeto a los procedimientos establecidos.