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Circular 06 de 2026: directrices sobre austeridad en comisiones al exterior y gasto en publicidad estatal

Proviene de: Circulares

8 de octubre de 2026 15:28:49

Entidad emisora, número de norma, tipo de acto y fecha

La Circular 06 de 2026 fue expedida por el Secretario General de la Presidencia de la República, en su calidad de Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el 7 de octubre de 2026.

Objeto de la norma

La Circular regula las medidas de austeridad en el gasto público relacionadas con las comisiones de servicios al exterior y la publicidad estatal, estableciendo directrices para su aplicación y control.

Cambios normativos concretos

  • Se enfatiza la prelación de encuentros virtuales sobre actividades que impliquen desplazamiento físico de servidores públicos.
  • Las comisiones de servicios al exterior deben contar con autorización previa de la Jefatura de Despacho Presidencial.
  • Se establece la obligación de reembolsar al Estado el valor de pasajes o viáticos no utilizados.
  • Se prohíbe el gasto en publicidad estatal destinada a autopromocionar o enaltecer la imagen de funcionarios o partidos políticos.
  • Se restringe el uso de marcas, mensajes o identidades gubernamentales en publicidad institucional, evitando gastos en imagen o identidad del gobierno salvo excepciones legales.
  • Se prohíbe la celebración de contratos de publicidad que promocionen la gestión gubernamental mediante objetos o materiales promocionales.
  • Se limita el gasto público en publicidad oficial para garantizar austeridad y reducción de costos.
  • Se prohíbe la contratación de publicidad que promueva la imagen de servidores públicos o la gestión gubernamental en emergencias, salvo información instrumental para la población afectada.
  • Se regulan los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para publicidad exclusiva en campañas de emergencia y gestión del riesgo.
  • Se autorizan campañas cívicas o de interés general con soporte normativo expreso y aquellas obligatorias por mandato legal, reglamento u orden judicial.
  • Se permiten publicaciones exigidas por la ley en procesos administrativos, contractuales o judiciales.

Obligaciones creadas

  • Las entidades públicas deben promover encuentros virtuales antes de autorizar desplazamientos físicos.
  • Las solicitudes de autorización para comisiones al exterior deben ser radicadas con antelación suficiente para permitir la verificación previa de la Jefatura de Despacho Presidencial y la posterior emisión del proyecto de decreto respectivo, con un mínimo de cinco (5) días hábiles antes del inicio de la comisión.
  • Los viajes aéreos deben realizarse en la tarifa más económica, salvo justificación ante el Departamento Administrativo de la Presidencia.
  • Los recursos públicos destinados a publicidad deben usarse exclusivamente para cumplir los fines institucionales y garantizar el derecho a la información ciudadana.
  • Queda prohibido destinar recursos públicos a gastos de imagen o identidad para promoción política o personal de funcionarios.

Ámbito de aplicación

La Circular tiene alcance nacional y está dirigida a ministros, directores de departamentos administrativos y entidades receptoras de recursos del Presupuesto General de la Nación, así como a todos los servidores públicos vinculados con la gestión de comisiones al exterior y publicidad estatal.

Excepciones y exclusiones

Se exceptúan las campañas cívicas y de interés general con respaldo normativo expreso, campañas obligatorias por mandato legal o judicial, y publicaciones exigidas por la ley para procedimientos administrativos, contractuales, catastrales o judiciales. Además, se mantienen las excepciones establecidas en el parágrafo 2 del artículo 10 de la Ley 1474 de 2011.

Base legal

La Circular se fundamenta en los Decretos 618 de 2026 y 1068 de 2015, la Ley 1474 de 2011, los artículos 6 y 8 de la Ley 2345 de 2023, y demás normas relacionadas con la austeridad del gasto público.

Vigencia y régimen de transición

La Circular entra en vigencia a partir de su fecha de expedición, el 7 de octubre de 2026. Las entidades deben observar sus disposiciones de forma inmediata, sin que se establezcan plazos adicionales para su implementación.

Conclusión

Con la Circular 06 de 2026, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República reafirma su compromiso con la austeridad y la transparencia en el uso de los recursos públicos. Estas medidas buscan optimizar el gasto en comisiones al exterior y publicidad estatal, asegurando que los recursos se destinen exclusivamente a fines institucionales y de interés público, fortaleciendo así la gestión eficiente del Estado y la confianza ciudadana.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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