Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia objeto de análisis es un auto interlocutorio N. 227 emitido por el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de Cali, en el trámite de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. El auto fue proferido el 5 de octubre de 2026.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Admitir el llamamiento en garantía formulado por la Entidad Promotora de Salud (EPS) contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
- Notificar la admisión del llamamiento y el auto admisorio de la demanda a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para que conteste y solicite pruebas en un término de quince (15) días hábiles.
- Ordenar que, vencido el término para contestar el llamamiento en garantía, se continúe con el trámite del proceso respectivo.
Razón principal de la decisión
El tribunal sustentó su decisión en que el llamamiento en garantía cumplió con los requisitos legales establecidos en el artículo 225 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), los cuales son:
- Identificación correcta de la entidad llamada en garantía (ADRES).
- Indicación adecuada del domicilio y dirección para notificaciones.
- Fundamentación fáctica y jurídica suficiente que relaciona el llamamiento con la posible obligación de reembolsar aportes a salud.
- Direcciones para notificaciones personales del llamante y su apoderado.
Además, el tribunal consideró que existe un vínculo jurídico entre la EPS y la ADRES relacionado con la administración y devolución de los recursos del...