Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia corresponde a un
auto de sustanciación proferido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en primera instancia, en el marco de un proceso de protección de derechos e intereses colectivos.
Sentido de la decisión
El Tribunal resolvió:
- Requerir al demandante para que, en un plazo de tres días contados desde la notificación del auto, precise:
- Quiénes son los demandados a quienes se dirige la demanda.
- Las acciones u omisiones concretas que se atribuyen a cada uno de ellos.
- La forma en que se agotaron las reclamaciones administrativas previas ante cada demandado, conforme a los artículos 144 y 161 numeral 4° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
- Las pretensiones específicas frente a cada accionado.
- Advirtió a los sujetos procesales que todos los memoriales que se presenten durante el trámite del proceso deberán enviarse por correo electrónico a la Secretaría del Tribunal, con copia a las demás partes, identificando el número de radicado, magistrado ponente, demandante, asunto y canal digital, conforme al artículo 37 de la Ley 2080 de 2021.
Razón principal de la decisión
El requerimiento se funda en la necesidad de esclarecer y delimitar con precisión quiénes son los sujetos pasivos de la demanda y cuáles son las pretensiones concretas frente a cada uno. Esto obedece a que en la demanda existen inconsistencias sobre los demandados y las acciones u omisiones que se imputan, generando confusión que afecta la determinación de la competencia para conocer del proceso.
Antecedentes procesales
El proceso...