Naturaleza de la providencia y tribunal
La decisión corresponde a un auto de trámite emitido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, Despacho No. 9, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en primera instancia.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Requerir por segunda vez al Distrito Especial de Buenaventura para que allegue las pruebas decretadas en la audiencia inicial celebrada el 4 de septiembre de 2025.
- Advertir al Distrito Especial de Buenaventura que la persistencia en la renuencia a cumplir con la carga probatoria podrá acarrear sanciones procesales y legales, incluyendo la eventual compulsión de copias para investigar dicha conducta.
- Establecer que todos los memoriales que se presenten durante el trámite del proceso deberán ser allegados a través de la ventanilla virtual en la plataforma SAMAI, con copia a los correos electrónicos de los demás sujetos procesales.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en que el Distrito Especial de Buenaventura no ha cumplido con aportar las pruebas decretadas en la audiencia inicial, a pesar de los requerimientos previos realizados por el despacho judicial. Esta falta de cumplimiento motivó que el tribunal ordenara un nuevo requerimiento, advirtiendo sobre la imposición de sanciones procesales y legales en caso de persistencia.
Antecedentes fácticos y procesales
El Instituto Nacional de Vías (INVIAS) presentó demanda contra el Distrito Especial de Buenaventura solicitando la nulidad de actos administrativos que determinaron la deuda por concepto de Impuesto Predial Unificado correspondiente al año 2018. En la audiencia inicial del 4 de septiembre de 2025, se...